M-11/2016
Número Resolución: 55/2016 (09/06/2016)

Subsiguiente a la Interpelación I 23/16 RGEP 5224, sobre política general del Consejo de Gobierno en relación con la presencia de Canal de Isabel II en América

Estado: TRAMITADA - APROBADA
Documento de apertura: 03/06/2016
Procedimiento: Por vía art. 199 R.A.
Órgano: Pleno de la Asamblea
Autores José Manuel Franco Pardo
Destinatario CONSEJO DE GOBIERNO
  • 03/06/2016
  • 06/06/2016
  • 07/06/2016
  • 08/06/2016
  • 08/06/2016
  • 08/06/2016
  • 09/06/2016
    • Sesión plenaria
    • DOCUMENTO INCOMPLETO POR SU EXTENSIÓN. VER DOCUMENTO DIGITALIZADO El Pleno de la Asamblea de Madrid, en su sesión ordinaria del día 9 de junio de 2016, previo debate de la Moción M 11/16 RGEP 6617, del Grupo Parlamentario Socialista, aprobó la siguiente RESOLUCIÓN “1.- La Asamblea de Madrid reitera que la misión fundamental del Canal de Isabel II es llevar a cabo una gestión sostenible y de calidad del ciclo integral del agua, para los ciudadanos madrileños y a unos precios justos y equilibrados. 2.- La Asamblea de Madrid insta al Consejo de Gobierno a que cualquier otra actividad que desarrolle Canal de Isabel II tenga el carácter complementario de su objetivo principal que deberá ser acorde con los principios de buen gobierno, sostenibilidad, cooperación y transparencia. En consonancia con ello, las inversiones de Canal fuera de la Comunidad de Madrid, y, muy en particular, las que desarrolla fuera de las fronteras de nuestro país, deberán ser objeto de revisión y análisis para determinar si cumplen con el objetivo básico de Canal de Isabel II. 3.- La Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a que presente al inicio del próximo periodo de sesiones, ante la Comisión de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, un informe completo sobre la presencia de Canal de Isabel II en diferentes sociedades, detallando sus objetivos, su situación financiera, indicando el resultado neto de cada una de las inversiones realizadas desglosando entre la inversión realizada y los retornos obtenidos, así como los socios que forman parte de las mismas, de manera que pueda desarrollarse el necesario debate parlamentario sobre su futuro. Además arbitrará las medidas necesarias para eliminar y disolver las estructuras directivas paralelas existentes, de tal forma que los empleados del Canal de Isabel II y en especial sus directivos se dediquen de forma exclusiva a velar por los intereses de la empresa, prohibiendo el ejercicio de cualquier otra actividad profesional o cualquier compatibilidad profesional. 4.- La Asamblea de Madrid insta al Gobierno a que, en un plazo máximo de 6 meses, presente un estudio detallado sobre las consecuencias económicas y jurídicas de la resolución del Contrato-Programa existente entre Canal de Isabel II y el Canal de Isabel II Gestión, S.A., y lo presente ante la Comisión de Presidencia de este Parlamento para su estudio y análisis por parte de los miembros de dicha Comisión, de los expertos que se estime conveniente convocar. Una vez llevado a cabo este análisis, y si se confirmara la viabilidad económica y jurídica de la resolución del Contrato-Programa existente, se insta al Gobierno a iniciar el proceso de resolución del Contrato-Programa, recuperando por parte de Canal de Isabel II la gestión del ciclo integral del agua en nuestra región. Consecuencia de esta resolución se llevaría a cabo la subrogación de todos los contratos y convenios desde Canal Gestión, S.A. a Canal de Isabel II. Una vez completada la resolución del Contrato-Programa mencionado, se deberá proceder a la disolución y liquidación de la empresa Canal de Isabel II Gestión, S.A. 5.- Dada la complejidad y la necesaria prolongación en el tiempo de los procesos mercantiles y administrativos de resolución del Contrato-Programa mencionado en el punto anterior, la Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid para que se modifique el artículo 16 de la Ley de Capitalización de Canal de Isabel II, de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, de forma que se garantice que no se podrá producir la entrada de capital privado en la sociedad Canal de Isabel II Gestión, permaneciendo esta sociedad únicamente con participación de capital público. La nueva redacción de este artículo se incluirá en la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas que acompaña a los Presupuestos de la Comunidad de Madrid para el año 2017 y en cuantas otras medidas normativas sean necesarias.
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    • Icono PDF B.O.A.M. 65 B.O.A.M. 65 (16/06/2016) desde la página 7423 hasta la página 7424 Icono descarga documento B.O.A.M. 65
    • Icono PDF RGSP2565-16 RGSP2565-16 (14/06/2016) Sesión plenaria de 09/06/2016 Icono descarga documento RGSP2565-16