Glosario

A

Absentismo
Ausencia injustificada de los representantes a las sesiones de los órganos de la Asamblea de la que pueden derivarse diversas consecuencias: la sanción por incumplimiento del deber de asistencia o, por ejemplo, el decaimiento de la iniciativa si se tramita en la sesión alguna de la que sea autor el Diputado ausente.

Abstención
Decisión voluntaria de un Diputado de no participar en la votación estando presente; también es la decisión de un Diputado de intervenir en una votación optando en lugar de por el “sí” o el “no” por la “abstención”.

Acta
Documento que da fe de cómo ha transcurrido una sesión del Pleno o de una Comisión, de quién intervino, de los acuerdos que se adoptaron o de los incidentes que se produjeron. Las actas se custodian en la Secretaría General.

Acta taquigráfica
Documento que relata literalmente cómo ha transcurrido una sesión secreta del Pleno o de una Comisión, quién habló, los acuerdos que se adoptaron, los incidentes que se produjeron. Estas actas se custodian en la Presidencia.

Acuerdo
Decisión adoptada mayoritariamente por varias personas o por un órgano respecto a un asunto.

Acuerdos de Cooperación o Convenios con otras Comunidades Autónomas
El Gobierno de la Comunidad de Madrid puede celebrar convenios o acuerdos de cooperación con otras Comunidades Autónomas vecinas sobre asuntos que interesen a ambas. Cuando esto sucede el Gobierno está obligado a remitir ese Convenio o Acuerdo de Cooperación tanto a las Cortes Generales como a la Asamblea de Madrid, quien deberá ratificarlo.

Acumulación
Posibilidad de tramitar conjunta y simultáneamente ciertas iniciativas entre las que existen ciertas analogías (de objeto, de destinatarios y de procedimientos).

Admisión a trámite
Competencia de a la Mesa de la Asamblea para autorizar la tramitación de los asuntos que se presentan ante el Parlamento cuando cumplen todos los requisitos estatutaria, legal y reglamentariamente previstos.

Aforamiento
Prerrogativa parlamentaria conforme a la cual los Diputados de la Asamblea sólo pueden ser juzgados por ciertos Tribunales (el Tribunal Supremo o el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según los casos).

Alusiones
Turno que puede conceder la Presidencia en el seno de los debates cuando a su juicio se realizan juicios de valor o inexactitudes que afectan al honor o decoro de un Diputado o un Grupo Parlamentario.

Archivo de la Asamblea
Unidad administrativa de la Asamblea a la que corresponde la sistematización, clasificación y custodia de los expedientes parlamentarios y administrativos de la Asamblea de Madrid.

Asignación económica
Retribución que reciben los Diputados por el desempeño de su función.

Autogobierno
En el marco de la Constitución y del Estatuto de Autonomía de Madrid es la facultad que tiene una Comunidad de Madrid para autogestionar las competencias propias o compartidas que le corresponden dentro de los límites marcados por el ordenamiento jurídico vinculante.

Autonomía parlamentaria
Este principio determina que la Asamblea decide sobre sus propios asuntos internos sin intromisiones por parte de otros órganos o poderes públicos.

Avocación
Decisión del Pleno de la Cámara de recuperar para sí la facultad de decidir sobre una iniciativa legislativa que había delegado plenamente en una Comisión. Decisión de una Comisión de recuperar las competencias delegadas a su Mesa de requerir ciertas iniciativas y documentación, datos o informes.

B

Bicameral
Dícese del Parlamento que se estructura sobre dos Cámaras.

Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid.
Publicación oficial de la Asamblea en la que se incluyen las iniciativas que se han presentado en la Asamblea, las leyes aprobadas o los acuerdos adoptados.

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Publicación oficial de la Comunidad de Madrid en la que se incluyen las leyes aprobadas por la Asamblea. La publicación de la ley autonómica supone su entrada en vigor en la fecha en que por la misma se determine o, en su defecto, al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad.

C

Caducidad del mandato
Conclusión del mandato por expiración del plazo de cuatro años estatutariamente previsto.

Calificación
Competencia que corresponde a la Mesa de la Asamblea de establecer la naturaleza de los asuntos admitidos a trámite y el procedimiento que deben seguir.

Cámara
Se emplea como sinónimo de Asamblea o Parlamento. Los Parlamentos pueden tener una, dos o más Cámaras.

Cámara de Cuentas
Institución auxiliar de la Asamblea de Madrid a la que corresponden las funciones: a) fiscalizadora de la actividad económica, presupuestaria, financiera y contable del sector público madrileño; b) de asesoramiento en materia económica y financiera de la Asamblea de Madrid; así como el ejercicio de las competencias que le sean delegadas por el Tribunal de Cuentas.

Candidato
Persona que opta a un cargo o puesto.

Comisión
Órgano de la Asamblea especializado por razón de la materia y compuesto por un número reducido de Diputados que se decide al principio de la Legislatura o al crearse la Comisión (si es No Permanente), en proporción a la representación numérica de los Grupos en la Cámara, en el que generalmente se examinan, estudian y preparan los asuntos sobre los que tiene que decidir el Pleno de la Asamblea. En algunas ocasiones, no obstante, puede decidir sin elevar el asunto al Pleno.Las Comisiones pueden ser: Permanentes (si existen desde el principio de la Legislatura por previsión reglamentaria) o No Permanentes (si se crean transitoriamente para el estudio o la investigación de un asunto determinado). También se clasifican las Comisiones en: Legislativas (aquellas que pueden tramitar leyes) y no legislativas (las que no pueden hacerlo).

Comisión Legislativa Plena
Son Comisiones que tienen delegada la función de decisión final sobre las iniciativas legislativas sin necesidad de que el debate final se produzca en el Pleno de la Asamblea. No pueden ser objeto de delegación las proposiciones de ley de iniciativa legislativa popular y de los Ayuntamientos, iniciativas legislativas de reforma del Estatuto de Autonomía, iniciativas legislativas que deben tramitarse con arreglo al procedimiento especial con mayorías especiales y el proyecto de ley de Presupuestos Generales de la Comunidad.

Comparecencia
Iniciativa de control por la que: bien un Grupo Parlamentario requiere la asistencia de un miembro del Gobierno, de la Administración autonómica madrileña, de las instituciones auxiliares de la Asamblea o de personas jurídicas o físicas de carácter privado, bien los miembros del Gobierno solicitan a iniciativa propia la asistencia para informar sobre un determinado asunto.

Comunicación del Gobierno
Iniciativa de orientación política en cuya virtud el Gobierno de la Comunidad de Madrid puede presentar en la Asamblea una Comunicación para que sea debatida en el Pleno o en una Comisión. La Asamblea puede concluir aprobando resoluciones por las que se propone realizar algo en relación con ese asunto o manifestando su voluntad.

Condición plena de Diputado

La condición plena de Diputado se adquiere por: obtener el escaño en las elecciones, jurar o prometer cumplir la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Madrid ante el Pleno y la formulación de la declaración de actividades. El Diputado pierde su condición si muere, es declarado incapaz, si así lo declarase una sentencia firme del juez o por renuncia expresa o tácita.

Convocatoria
Acto por el que se cita a los miembros de un órgano a asistir a una sesión o reunión sobre la base de un orden del día.

Cortesía parlamentaria
Los Diputados tienen el deber de comportarse con respeto y corrección guardando en todo momento la compostura.

Credencial
Documento emitido por la Junta Electoral (órgano responsable de las elecciones, del recuento de los votos y de la veracidad de los resultados) que certifica que el Diputado ha obtenido un escaño.

Cuestión de Confianza
Iniciativa formulada por el Presidente del Gobierno por la que solicita a la Asamblea que le preste su apoyo sobre una cuestión de política general o de especial relevancia de su programa. En caso de no obtenerla el Presidente presentará su dimisión ante la Asamblea.

D

Debate
Discusión sobre un asunto que se produce en el seno de algún órgano de la Asamblea. Los debates se desarrollan conforme establece el Reglamento de la Asamblea y dentro de las facultades de ordenación de la Presidencia del órgano en el que tienen lugar.

Debate sobre la Orientación Política General del Gobierno o Debate “del estado de la Región”
Debate anual en el que se examinan las políticas adoptadas por el Gobierno. A tan solemne debate sigue la presentación de propuestas de resolución por los Grupos y su posible aprobación como resoluciones por la Asamblea para su remisión al Gobierno. Este debate no puede realizarse el año en que se celebran las elecciones.

Debate de Totalidad
Debate que tiene lugar en el Pleno de la Asamblea para deliberar y decidir acerca de las enmiendas a la totalidad presentadas a un proyecto de ley o en los demás casos en que así lo dispone el Reglamento de la Asamblea.

Decaimiento
Estado que afecta a las iniciativas que no han podido ser tramitadas por causa no justificada imputable a su autor.

Declaración de Incompatibilidades
Documento que tienen que cumplimentar los Diputados al comienzo de la Legislatura, o a lo largo de ella cuando se modifica la situación declarada originariamente,  acerca de las actividades profesionales desarrolladas, con el fin de examinar que la actividad realizada es legalmente compatible con el cargo de Diputado.

Declaración de Municipio de Gran Población
Acuerdo adoptado por el Pleno de la Asamblea a iniciativa de los Ayuntamientos que cuentan con una determinada población y una serie de condiciones de desarrollo económico social o cultural una vez comprobada la concurrencia de éstas.

Declaración Notarial de Bienes
Los Diputados al inicio de su mandato deben efectuar ante notario declaración de los bienes de los que son titulares.

Delegación
Acuerdo de un órgano por el que se autoriza a otro a realizar funciones o actividades de la competencia del primero. La delegación ser anulada, avocando para sí el órgano competente el conocimiento de la competencia que fue delegada.

Diario de Sesiones de la Asamblea de Madrid
Periódico oficial de la Asamblea en el que se recoge literalmente: el desarrollo de las sesiones, quiénes han intervenido, qué se ha dicho o qué se ha acordado en las mismas.

Días hábiles
Días comprendidos en los períodos de sesiones en los que pueden celebrarse sesiones de los órganos de la Cámara sin o con la habilitación de la Mesa, según los casos.
Al inicio de cada período de sesiones ordinarias, la Mesa, oída la Junta de Portavoces, fija el calendario de días hábiles conforme a los criterios siguientes:

Sólo se toman en consideración los días comprendidos entre el uno de septiembre y el treinta y uno de diciembre y entre el uno de febrero y el treinta de junio.

Se excluyen del cómputo los días comprendidos en la última semana completa de cada mes.

De cada semana completa se cuentan los días comprendidos entre el lunes y el viernes, ambos inclusive, salvo festivos o feriados.

Días inhábiles
Días en los que no pueden celebrarse sesiones salvo, en su caso, que se produzca la previa habilitación por la Mesa de la Cámara o se solicite con carácter extraordinario la celebración de una sesión.

Dictamen
Documento que elabora la Comisión al hilo de la tramitación de una iniciativa legislativa o tras el estudio o investigación de un asunto particular que es elevado al Pleno para que éste decida.

Diputación Permanente
Órgano creado al inicio de la Legislatura que exclusivamente funciona en los meses que median entre los períodos de sesiones o en los períodos de disolución o expiración del mandato hasta el momento de constitución de la nueva Asamblea, dando continuidad a la vida de la Cámara.

Diputado de la Asamblea
Representante de los ciudadanos que por haber resultado elegido en las elecciones forma parte de la Asamblea correspondiéndole el derecho fundamental de participación en los asuntos públicos.

Disciplina Parlamentaria
Acción ejercida por la Presidencia de la Asamblea, por la Mesa de la Cámara, o, en algunos casos, por el Presidente de una Comisión en cuya virtud se impone una sanción al Diputado o los Diputados que incumplen sus deberes o infringen el Reglamento.

Disolución
Acto por el cual se pone fin a la Legislatura, se concluye el mandato y se convocan elecciones.

Disolución Anticipada
Disolución que corresponde al Presidente de la Comunidad, si bien con importantes límites establecidos por el Estatuto de Autonomía, pues no podrá ejercitarla: durante el primer período de sesiones de la Legislatura, cuando reste menos de un año para su terminación, cuando se encuentre en tramitación una moción de censura, cuando esté convocado un proceso electoral estatal o cuando no haya transcurrido un año desde la anterior.

Disolución Sancionatoria
Disolución de la Asamblea que tiene lugar en el caso de que transcurran dos meses desde la primera votación de investidura sin que ningún candidato a la Presidencia hubiera obtenido el respaldo suficiente de la Asamblea para serlo.

E

Empate
Situación que puede producirse tras el escrutinio o recuento en la votación. El empate se resuelve de manera diversa según se produzca en la votaciones para la designación de algunos nombramientos (miembros de la Mesa o designación de la delegación para defensa de alguna iniciativa legislativa ante el Congreso de los Diputados), en las Comisiones o el Pleno o según se tramiten iniciativas legislativas o no legislativas.

Enmienda
Propuesta de reforma del texto de una iniciativa legislativa o no legislativa  que puede ser parcial (presentadas por los Diputados o los Grupos) o a la totalidad (presentadas por los Grupos).

Enmienda parcial
Propuesta de reforma del texto de una iniciativa legislativa o no legislativa  presentada por los Grupos o los Diputados para modificar, añadir o suprimir el texto propuesto.

Enmienda a la totalidad
Propuesta de reforma del texto de un proyecto de ley presentada por un Grupo Parlamentario que versan sobre la oportunidad, los principios o el espíritu del proyecto o proposición de ley. Pueden ser: de devolución al Gobierno (únicamente en el caso de los proyectos de ley) o de propuesta de un nuevo texto alternativo. 

Escaño
Puesto que corresponde a quienes resultaron elegidos tras las elecciones formando parte de la Asamblea, habiendo tantos escaños como número de Diputados conforman el Parlamento con arreglo a la formula del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.

También se alude con este término al espacio o lugar reservado a los Diputados en el Hemiciclo y en las salas de las Comisiones. Los escaños sólo pueden ser ocupados por los Diputados. En el Hemiciclo los Diputados tienen nominalmente asignados o reservados sus escaños.

Explicación de voto
Con posterioridad a la realización de una votación los Grupos Parlamentarios pueden explicar por qué han votado “sí”, “no” o “abstención” en el asunto o materia que se discutía.

Expiración del mandato
Caducidad del mandato por el transcurso del plazo de cuatro años previsto por el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.

Exposición de Motivos
Parte inicial de un texto legislativo, que precede al articulado en la que se justifica la razón de la iniciativa legislativa, los antecedentes, la sistemática del texto que se presenta, las novedades que introduce. Aprobada la ley se incorpora a la ley como Preámbulo.

Expulsión
Sanción impuesta a un Diputado por la que se le obliga a abandonar la sala en la que se está celebrando la sesión de un órgano parlamentario.

F

Fijación de posición
Consiste en la exposición o manifestación por parte de un Grupo de su opinión respecto del asunto objeto de debate o que, en su caso, va a ser votado.

Función de control
Conjunto de actividades, facultades y competencias desarrolladas por la Asamblea por las que obtiene información del Gobierno y su Administración, fiscaliza la actividad del Gobierno o su Administración o en los casos más graves exige su responsabilidad.

Función económica
Conjunto de actividades, facultades y competencias desarrolladas por la Asamblea por las que interviene en la vida económica de la Comunidad, bien aprobando los Presupuestos de la Comunidad o controlándolos y, en su caso, las modificaciones presupuestarias o los suplementos de crédito, bien controlando su ejecución o impulsando la actividad fiscalizadora de la Cámara de Cuentas, etcétera.

Función legislativa
Conjunto de actividades, facultades y competencias desarrolladas por la Asamblea por medio de las cuales aprueba leyes en las materias sobre las que la Asamblea de Madrid, de conformidad con lo previsto en el Estatuto de la Comunidad de Madrid, tiene potestad legislativa.

Función de orientación política o impulso político
Conjunto de actividades, facultades y competencias desarrolladas por la Asamblea por medio de las cuales propone o impulsa la dirección política del Gobierno de la Comunidad, bien a través de nombramientos, bien manifestando su deseo, voluntad o posición respecto de un determinado asunto, materia o política.

G

Gabinete de la Presidencia
Órgano de asistencia y apoyo técnico, protocolario y administrativo de la Presidencia de la Asamblea formado por personal de confianza del Presidente.

Grupo Mixto
Grupo creado preceptivamente con arreglo al Reglamento en el supuesto de que al comienzo de la Legislatura uno o más Diputados no hayan quedado integrados en ningún Grupo, o a lo largo de ella abandonen o sean expulsados del Grupo Parlamentario al que pertenecían o éste sea disuelto.

Grupos Parlamentarios
Asociación de Diputados en el seno del Parlamento sobre la base de la ideología común. En la Asamblea de Madrid son precisos cinco Diputados para formar un Grupo.

H

Hemiciclo
Nombre que recibe la dependencia en la que se reúne el Pleno. También recibe el nombre de Salón de Plenos.

Honores
El Presidente de la Asamblea recibe el tratamiento de Excelentísimo, al igual que los Senadores autonómicos designados por la Asamblea, éstos conforme al Reglamento del Senado con carácter vitalicio.
Los Diputados de la Asamblea reciben el tratamiento de Ilustrísimos.
Los Diputados entre sí mantienen el tratamiento de Señorías.

I

Informe de Ponencia
Documento que elabora la Ponencia al hilo de la tramitación de una iniciativa legislativa o tras el estudio de un asunto particular, que es trasladado a la Comisión para que ésta resuelva al respecto en su Dictamen.

Iniciativa
Derecho o facultad que corresponde a los Diputados, Grupos Parlamentarios, Gobierno, ciudadanos o Ayuntamientos de la Comunidad de impulsar o comenzar un procedimiento parlamentario, según los casos y con las condiciones previstas en las leyes.

Iniciativa Legislativa Popular
Derecho o facultad que corresponde a los ciudadanos de impulsar o comenzar un procedimiento parlamentario legislativo en los casos y con las condiciones previstas en las leyes.

Inmunidad
Prerrogativa parlamentaria por la que los Diputados no pueden ser detenidos salvo en caso de flagrante delito. Frente a lo que sucede para los parlamentarios de las Cortes Generales en que cada Cámara tiene que autorizar el procesamiento de su parlamentario por medio de un suplicatorio, para el caso de los Diputados autonómicos madrileños el ordenamiento autonómico no prevé tal autorización.

Interpelación
Iniciativa de control por la que los Grupos Parlamentarios o los Diputados pueden preguntar al Gobierno sobre una cuestión de política general. El debate tiene lugar en el Pleno y tras éste los Grupos pueden presentar mociones a través de las cuales el Pleno expresa su posición al respecto.

Investidura
Se denomina así a la sesión solemne en la que la Asamblea elige al Presidente de la Comunidad, otorgándole su confianza para que forme Gobierno.

Inviolabilidad de la Asamblea
Ningún poder puede inmiscuirse en los asuntos de la Asamblea.

Inviolabilidad de los Diputados
Prerrogativa en virtud de la cual los Diputados no pueden ser detenidos por las declaraciones realizadas o los votos emitidos en el ejercicio de sus funciones parlamentarias.

J

Junta de Portavoces
Órgano de naturaleza consultiva y decisoria integrado por los Portavoces de los Grupos Parlamentarios. La Junta es presidida por el Presidente de la Asamblea y a sus reuniones deben asistir, al meno, un Vicepresidente y un Secretario, y pueden asistir representantes del Gobierno. Sus acuerdos se adoptan mediante voto ponderado.

Juramento o promesa
Acto por el que el Diputado jura o promete cumplir la Constitución o el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. Este acto es uno de los requisitos necesarios para adquirir la condición plena de Diputado.

K

L

Lectura Única
Procedimiento legislativo especial por razón del tiempo, caracterizado por la omisión de las fases de Ponencia y Comisión dada la simplicidad de su formulación o el consenso sobre el mismo (no existiendo enmiendas), de manera que se tramita ante el Pleno mediante una única votación.

Legislatura
Período por el que se prolonga el mandato de una Cámara y a lo largo del cual puede desplegar plenamente el ejercicio de sus poderes y funciones. La Asamblea de Madrid en la actualidad está concluyendo su VII Legislatura. Por lo general la duración es de cuatro años, salvo que se produzca la disolución anticipada o bien la sancionatoria.

Letrado
Funcionario de la Asamblea perteneciente al Cuerpo de Letrados de la Asamblea que asiste y asesora jurídicamente a los órganos parlamentarios. Le corresponde la redacción de las Actas y de los acuerdos adoptados por los órganos a los que asiste.

Llamada a la cuestión
Acto por el que la Presidencia requiere al orador que se ciña a la cuestión que se está debatiendo.

Llamada al orden
Acto por el que el Presidente reprende al orador por no ajustar su conducta al Reglamento (perturbar el orden, impedir el desarrollo normal de la sesión, proferir palabras indecorosas, etc.) o no actuar con arreglo a lo ordenado por la Presidencia.

M

Mandato
Tiempo por el que se prolonga la representación conferida al Diputado tras las elecciones. El mandato es de cuatro años, salvo si se produce la disolución previa, en cuyo caso, el mandato de la nueva Cámara se reduce al tiempo que resta de la legislatura originaria.

Mayoría absoluta
Decisión sobre un asunto adoptada por un número de votos afirmativos que resulta superior a la mitad del número de miembros de pleno derecho de la Asamblea.

Mayoría simple
Decisión adoptada por un número de votos afirmativos superior al número de votos negativos, sin contar las abstenciones, los votos en blanco y los nulos.

Mayoría cualificada
Decisión adoptada por un número de votos afirmativos igual o superior a la fracción de miembros de pleno derecho de la Asamblea que en cada caso se precise por el Reglamento o las leyes, siempre que sea superior a la mayoría absoluta. Por lo general suele exigirse la mayoría cualificada de 2/3 ó 3/5.

Mesa de Edad
Órgano creado en la sesión constitutiva presidida por el Diputado de mayor edad que actúa asistido, como secretarios, por los dos Diputados de menor edad para dirigir el debate hasta la designación del Presidente de la Asamblea y los demás miembros de la Mesa de la Cámara.

Mesa de la Asamblea
Órgano rector de la Asamblea, integrado por un Presidente, tres Vicepresidentes y tres Secretarios, designado en la sesión constitutiva de la Asamblea.

Mesa de la Diputación Permanente
Órgano rector de la Asamblea integrado por siete miembros, los mismos que la Mesa de la Cámara, que exclusivamente funciona en los períodos intersesionales y en los de disolución o expiración del mandato hasta la constitución de la nueva Cámara.

Mesas de las Comisiones
Órgano rector de las Comisiones a las que representa colegiadamente, designado en la sesión constitutiva de cada Comisión. La Mesa está conformada por un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario, designados todos ellos de entre sus miembros.

Moción
Iniciativa de orientación política formulada como consecuencia de una interpelación, que da lugar a la presentación de propuestas de resolución por parte de los Grupos sobre el asunto objeto del debate. Estas propuestas pueden ser aprobadas como resoluciones por la Asamblea, en cuyo caso, son remitidas al Gobierno, sin que para éste tengan carácter vinculante.

Moción de Censura
Iniciativa de control presentada por, al menos un quince por ciento de los Diputados, por la que se exige la responsabilidad política del Presidente del Gobierno. La iniciativa debe necesariamente incluir un candidato a la Presidencia de la Comunidad. En caso de ser aprobada por mayoría absoluta la moción de censura el Presidente y su Gobierno cesan, y será nombrado Presidente el candidato propuesto que obtuvo el favor de la Cámara.

Moción de cierre
Cuando un asunto está suficientemente debatido el Presidente, a iniciativa propia o a petición de un Grupo, puede resolver sobre cierre del debate pudiendo intervenir previamente acerca de este particular, previamente a la adopción de la decisión, los Grupos Parlamentarios.

Moción de reprobación
Iniciativa de control a través de la cual un Grupo Parlamentario solicita el apoyo de la Cámara manifestando su oposición a la labor de una autoridad o alto cargo y proponiendo por ello su salida del cargo que ocupa.

N

Nombramiento
Acto por el que la Asamblea procede a la designación de las autoridades o altos cargos previstos en el Reglamento o en las leyes (Defensor del Menor, Senadores autonómicos en representación de la Comunidad, Miembros de Consejos, etc.) con arreglo a los procedimientos contemplados en el Reglamento de la Asamblea.

Ñ

O

Obstruccionismo
Actuaciones de los Grupos Parlamentarios o de los Diputados encaminadas a obstaculizar por dilación la aprobación de una o algunas iniciativas. Para evitarlo el Reglamento de la Asamblea incorpora a lo largo de su articulado diversas medidas.

Oposición 
Bajo este término se designa al conjunto de los Grupos Parlamentarios que no apoyan o sustentan al Gobierno.

Orador
Persona que en el curso de una sesión parlamentaria hace uso de la palabra.

Orden del día
Conjunto de asuntos que la Junta de Portavoces, en el caso del Pleno, y la Mesa de la Comisión, en el caso de las Comisiones, aprueban para su debate  y, en su caso votación, en una sesión. El orden del día puede ser modificado por el Pleno o por la Comisión, a propuesta de su Presidente, de un Grupo Parlamentario o de la quinta parte de los Diputados. Hasta que no han sido tratados todos los puntos del orden del día no puede levantarse la sesión.

Orden dentro del recinto parlamentario.
Los Diputados, los funcionarios y las personas que asisten o visitan la Asamblea están obligadas a mantener el orden en el recinto de la Asamblea. En su defecto, la Presidencia puede adoptar medidas diversas y de muy distinto alcance que pueden ir desde la expulsión del recinto hasta la puesta en conocimiento del Ministerio Fiscal si se entiende que se haya podido cometer algún delito.

Ordenación del debate
Los Presidentes del Pleno o de las Comisiones están facultados para ordenar los debates (acumulando turnos, concediendo turnos excepcionales, determinando, en su caso, los tiempos, etcétera).

P

Períodos de sesiones
Plazo que determina el carácter hábil o inhábil de las sesiones. Los períodos son dos: el primero de septiembre a diciembre, el segundo de febrero a junio.

Petición
Derecho que asiste a las personas que residen en la Comunidad de Madrid a solicitar, individual o colectivamente, a la Asamblea de Madrid que actúe o decida en alguna de las materias que por su competencia objetiva, funcional o territorial le correspondan.

Pleno de la Asamblea
Órgano supremo de la Asamblea de naturaleza funcional integrado por todos los Diputados y al que asiste el Gobierno.

Ponencia
Órgano de trabajo de composición reducida designado en el seno de una Comisión, caracterizado por el carácter secreto de su sesiones y por adoptar sus decisiones mediante voto ponderado. La Ponencia desarrolla labores de estudio e informativas de carácter legislativo (ponencia legislativa) o no legislativo (ponencia de estudio). Por lo general están conformadas por nueve miembros: la Mesa y dos Diputados más por cada Grupo Parlamentario.

Portavoz
Autoridad interna, jefe y máximo responsable de un Grupo Parlamentario, al que representa.

Preámbulo
Parte inicial de una ley en la que básicamente se describe el espíritu de la disposición, las novedades que respecto al ordenamiento previo introduce la ley, así como la estructura o sistemática de la misma. Esta parte de la ley no tiene eficacia jurídica, pero constituye un importante referente para interpretar el sentido de la ley.

Preguntas
Iniciativa de control por medio de la cual los Diputados piden información al Gobierno o su Administración sobre a algún hecho, un situación, una decisión adoptada o que se va a adoptar. Las preguntas pueden ser, por el modo en que se responden, escritas u orales; siendo estas últimas, por razón del órgano en el que se responden: de contestación oral en Comisión o en Pleno.

Prerrogativas parlamentarias
Garantías institucionales que se reconocen a los Diputados de la Asamblea: son la inviolabilidad, el aforamiento y la inmunidad.

Presidente de Comisión
Autoridad interna a quien corresponde la convocatoria y la dirección y ordenación de los debates de la correspondiente Comisión.

Presidente de la Asamblea
Autoridad de la Asamblea designada por el Pleno en la sesión constitutiva  que representa individualmente a la Cámara y a la que corresponde la presidencia de algunos órganos de la Asamblea y, en su caso, su convocatoria. Asimismo, ejerce la potestad disciplinaria y funciones de carácter administrativo, como la realización de nombramientos o la ordenación de pagos.

Presupuesto de la Asamblea
Documento en el que se contienen los gastos que la Asamblea puede realizar en un año con cargo a las partidas que en los mismos se consignan. La aprobación del Anteproyecto de Presupuesto corresponde a la Mesa de la Asamblea siendo integrado en la Ley de Presupuestos como Programa independiente. La Asamblea tiene autonomía financiera.

Procedimiento
Conjunto de actos que se suceden hasta concluir en la decisión sobre un asunto determinado.

Programas y planes remitidos por el Gobierno
Iniciativa que corresponde al Gobierno por la que pone en conocimiento de la Asamblea la aprobación de un Plan o de un Programa sobre una determinada materia para que se tramite en Pleno o en Comisión y que puede dar lugar a propuestas de resolución por parte de los Grupos y, en su caso, a la aprobación de resoluciones que no tienen carácter vinculante para el Gobierno.

Proporcionalidad
Principio en cuya virtud los órganos de la Asamblea tienen que estar compuestos en proporción a la representación numérica que tienen los Grupos Parlamentarios en la Cámara. Con ello se logra el respeto de las mayorías resultantes tras las elecciones en el seno de todos los órganos parlamentarios.

Proposición de Ley
Iniciativa legislativa impulsada por los Diputados o Grupos Parlamentarios, los ciudadanos o los ayuntamientos de la Comunidad.

Proposición No de Ley
Iniciativa de orientación política presentada por los Grupos Parlamentarios dirigida a expresar la opinión de la Asamblea sobre el objeto de la misma y que puede dar lugar a propuestas de resolución por parte de los Grupos Parlamentarios y, en su caso, a la aprobación de resoluciones que no tienen carácter vinculante para el Gobierno.

Propuesta de Resolución
Iniciativa presentada por los Grupos Parlamentarios en el curso de la tramitación de alguna de las iniciativas de orientación política tendentes a la aprobación por el Pleno de la Cámara o una Comisión de resoluciones sobre la materia, asunto o política objeto del debate para su ulterior remisión al Gobierno.

Proyecto de Ley
Iniciativa legislativa impulsada por el Gobierno.

Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad de Madrid
Iniciativa legislativa impulsada por el Gobierno en la que se contienen los gastos que el Gobierno realizará y en qué asuntos, materias y programas se realizarán y los ingresos que prevé percibir por los diferentes derechos que le atribuyen el ordenamiento jurídico en el plazo de un año. El Proyecto de ley por antonomasia es el Proyecto de Presupuestos Generales de la Comunidad, por razón de lo cual se tramita con preferencia sobre el resto de las iniciativas legislativas.

Q

Quórum
Número de Diputados que tienen que estar presentes en la constitución del correspondiente órgano (quórum de constitución), sus deliberaciones (quórum de presencia o deliberación) o en la votación (quórum de votación o decisión) para que resulte válido lo actuado y convenido en los mismos.

R

Reconsideración
Solicitud que se eleva por parte de los Diputados o los Grupos Parlamentarios a la Mesa de la Asamblea para que ésta se replantee su decisión sobre un asunto singular que adoptó sobre el que aquéllos discrepan. En caso de desestimación, el acto se convierte en firme.

Rectificación
Turno que puede ser concedido para rebatir hechos o afirmaciones realizadas por otros oradores cuando nieguen las que el Diputado que lo solicita realizó previamente.

Registro General de la Asamblea
El Registro General de la Asamblea tiene encomendada como función primordial dar  asiento registral a los documentos que entran y salen de la Asamblea.

Reglamento
Norma parlamentaria principal de la Asamblea con rango de ley, en la que se regulan el estatuto de los Diputados, los Grupos, la sesión constitutiva, los órganos, el funcionamiento y las iniciativas y procedimientos, así como la extinción o caducidad del mandato, entre otras cuestiones. El Reglamento es aprobado y reformado por el procedimiento legislativo común previsto para las proposiciones de ley de los Diputados y de los Grupos Parlamentarios, excluyéndose los trámites de criterio y conformidad del Consejo de Gobierno. La aprobación de las proposiciones de reforma del Reglamento requiere el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los Diputados en una votación final sobre el conjunto del texto.

Remisión al Congreso de los Diputados de Proposiciones de Ley
La Asamblea puede aprobar proyectos de ley o proposiciones de ley que son remitidas al Congreso de los Diputados como Proposiciones de Ley.

Resolución
Acuerdo por el cual la Asamblea manifiesta una opinión respecto de un asunto o materia determinados o propone una actuación al Gobierno. Las resoluciones aprobadas son remitidas al Gobierno, quien, sin embargo, no queda vinculado jurídicamente por ellas.

S

Sala de Comisión
Dependencia habilitada en la Sede de la Asamblea para que se reúnan las  Comisiones. La Asamblea cuenta con diversas Salas destinadas a este efecto: la sala “José Prat”, la sala “Dos de Mayo y la sala “Caserón de San Bernardo”.

Sanciones
Los Diputados que incumplen sus deberes pueden ser sancionados. Las sanciones, tipificadas por el Reglamento de la Asamblea, son diversas (desde la expulsión de la sesión o la prohibición de asistencia a varias sesiones hasta la suspensión de la condición de Diputado).

Secretario de la Comisión
Autoridad interna designada por la Comisión a la que corresponde certificar los acuerdos y su ejecución en el seno de las correspondientes Comisiones.

Secretario de la Mesa
Autoridad interna designada por el Pleno a la que corresponde la certificación de los acuerdos y su ejecución en el seno de la Mesa.

Secretario General
Autoridad de la Asamblea a la que corresponde el asesoramiento a la Mesa, la Junta de Portavoces y la Diputación Permanente. Es, además, jefe del personal. El Secretario General es nombrado por el Presidente, previa libre designación por la Mesa, a propuesta del propio Presidente, de entre el personal funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo de Letrados de la Asamblea de Madrid, de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas o de las Cortes Generales.

Senadores autonómicos en representación de la Comunidad de Madrid
Corresponde a la Asamblea de Madrid designar, con arreglo a la Constitución, un Senador y otro más por cada millón de habitantes. El Estatuto de la Comunidad exige, frente a los de otras Comunidades Autónomas, que los Senadores Autonómicos en representación de la Comunidad de Madrid tengan la condición de Diputados de la Asamblea, por lo que al perder ésta pierden simultánea y automáticamente la de Senadores.

Servicios de la Cámara
Administración que apoya el trabajo parlamentario y las gestiones derivadas del mismo. La Administración parlamentaria funciona bajo la dependencia de la Secretaría General sobre la base de los principios básicos de legalidad, jerarquía, competencia, objetividad y neutralidad.

Sesión constitutiva
Acto o primera sesión solemne tras las elecciones autonómicas con la cual se da por iniciada la Legislatura e iniciado el mandato de la nueva Cámara y de los Diputados y en la que se produce la designación de los miembros de la Mesa de la Asamblea. La fecha y hora de la sesión se fija en el Decreto de Convocatoria de elecciones que emite el Presidente de la Comunidad y en caso de omisión tendrá lugar preceptivamente veinticinco días después de las elecciones o, si es festivo, el inmediato laborable posterior a las doce horas.

Sesiones
Reuniones de un órgano (Pleno o Comisión) reglamentariamente convocadas con un determinado orden del día. Las sesiones pueden ser ordinarias o extraordinarias.

Sesiones extraordinarias
Tienen este carácter aquellas sesiones que no son ordinarias por celebrarse fuera de las fechas comprendidas en los períodos ordinarios de sesiones.

Sesiones ordinarias
Las sesiones ordinarias del Pleno tienen lugar una vez por cada semana, y se celebran el jueves si fuese día hábil o, en su defecto, el inmediato día hábil anterior o posterior al señalado, con arreglo al calendario aprobado por la Mesa de la Asamblea, oída la Junta de Portavoces, al inicio de cada período de sesiones ordinarias. Las sesiones ordinarias de las Comisiones tienen lugar en día hábil, con arreglo al calendario aprobado por la Mesa de la Asamblea, oída la Junta de Portavoces, al inicio de cada período de sesiones ordinarias. Excepcionalmente, la Mesa, oída la Junta de Portavoces, puede, por ineludibles exigencias de la actividad parlamentaria, por la importancia de los asuntos o por circunstancias sobrevenidas de carácter extraordinario autorizar la celebración de sesiones ordinarias o disponer la habilitación para la celebración de sesiones ordinarias en días concretos no incluidos en el calendario de días hábiles.

T

Taquígrafas, redactoras y estenotipistas
Funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Redactoras, Taquígrafas y Estenotipistas de la Asamblea al que corresponde la toma y trascripción literal del transcurso de las sesiones de los órganos de la Asamblea (Pleno y Comisiones), y cuya labor da lugar al Borrador del Diario de Sesiones de la Asamblea.

Toma en consideración
Acto por el cual la Asamblea asume como propia la tramitación de una proposición de ley. A partir de dicho momento el Grupo Parlamentario o los cinco Diputados que la presentaron no pueden disponer de ella y no pueden retirarla, salvo que lo acepte el Pleno.

Trámite
Cada uno de los actos de que consta un procedimiento.

Turno
Se denomina turno al orden sucesivo de intervenciones que procede en los debates. Pueden corresponder diversos tipos de turnos: a favor, en contra, por alusiones (en caso de que sobre un Diputado o un Grupo Parlamentario se hagan juicios de valor), de réplica (de respuesta a una contestación), dúplica (de contestación a la réplica).

U

Ujier
Miembro del Cuerpo de Auxiliares, Escala de Ujieres, de la Asamblea cuya función principal es la asistencia auxiliar (porteo y entrega de documentos, aguas, reprografía de escaso volumen, apertura y cierre de salas, etcétera) a los Diputados, a los órganos de la Asamblea y a la actividad de la Cámara en general.

Unanimidad
Decisión adoptada uniformemente por todos los miembros de un órgano.

Unicameral
Dícese del Parlamento que se estructura sobre la base de una única Cámara. La Asamblea de Madrid es unicameral.

Urgencia
Situación declarada que afecta a las tramitaciones, en cuya virtud se reducen los plazos a la mitad.

V

Vacancia 
Situación en que permanece un cargo al quedar desierto o sin titular. En algunos casos se exige declaración formal.
La Asamblea puede declarar por medio de su Presidente la vacancia en el cargo del Defensor del menor. En los demás casos la propuesta de decisión sobre la vacante se eleva por la Mesa al Pleno a iniciativa de un grupo Parlamentario, correspondiendo la decisión a las 3/5 partes de los Diputados, previo debate y audiencia del Defensor.

Vacaciones parlamentarias
Se denomina así al período que media entre los períodos de sesiones. El vocablo de uso general, no obstante, no resulta muy afortunado, pues el trabajo de la Cámara y de sus miembros prosigue preparando los trabajos parlamentarios, desarrollando numerosas reuniones con los ciudadanos, asociaciones, revisando la documentación que llega permanentemente remitida por el Gobierno, etcétera.

Vicepresidentes de la Comisión
Autoridad interna designada por la Comisión a la que corresponde sustituir al Presidente de la Comisión y ejercer temporalmente sus funciones en caso de ausencia o vacancia.

Vicepresidentes de la Mesa de la Asamblea
Autoridad interna designada por el Pleno a la que corresponde sustituir al Presidente de la Asamblea y ejercer temporalmente sus funciones en caso de ausencia o vacancia.

Votación
Acto a través del cual la Asamblea adopta sus decisiones.

Votación por asentimiento
Votación que se realiza a propuesta del Presidente considerándose  aprobado el objeto de la propuesta cuando, una vez enunciada ésta, no suscita reparo ni oposición.

Votación pública por llamamiento
Votación consistente en el llamamiento por orden alfabético del primer apellido a partir del sacado a suerte por parte de un Secretario debiendo éstos responder “sí”, “no” o “abstención”. Los miembros del Consejo de Gobierno que sean Diputados y los miembros de la Mesa votarán al final, por orden inverso de precedencia.
La votación se realiza por este sistema cuando así lo exija el Reglamento (votaciones de investidura, moción de censura y cuestión de confianza) o lo decide el Presidente y, en todo caso, cuando lo soliciten un Grupo Parlamentario o una quinta parte de los miembros de la Asamblea o de la Comisión correspondiente.

Votación secreta
Votación en la que no queda constancia del sentido del voto de cada Diputado. Puede realizarse: a) por procedimiento electrónico que acredite el resultado total de la votación, omitiendo la identificación de los votantes (sólo en el Pleno); b) por papeletas: en caso de nombramientos. En ningún caso pueden celebrarse votaciones secretas en los procedimientos legislativos.

Votación ordinaria
Es aquella que se realiza según resolución del Presidente:

Alzando la mano en primer lugar quienes aprueben, a continuación los que desaprueben y, finalmente, los que se abstengan.

Por procedimiento electrónico que acredite el sentido del voto de cada Diputado y el resultado de la votación.

La votación es siempre ordinaria en los procedimientos legislativos.

Voto
Acto libre por el cual se expresa una determinada posición personal respecto del objeto de la votación.

Voto particular
Reserva efectuada por un Grupo Parlamentario para defensa ante el Pleno de las enmiendas que han sido rechazadas en Comisión.
Reserva efectuada por el miembro de un órgano por medio de la cual deja constancia de su parecer contrario a la adopción del acuerdo aprobado por la mayoría.

Voto ponderado
Voto por el que se imputan al Portavoz tantos votos como Diputados integran el Grupo Parlamentario al que representa. Reglamentariamente los acuerdos se determinan por voto ponderado en la Junta de Portavoces y en las Ponencias.