Artículo 59

A la Sección de Asuntos Generales, directamente dependiente de la Dirección de Gestión Administrativa, le corresponde:

  1. La planificación, supervisión, coordinación e impulso de las unidades encuadradas en la sección, cursando a tal fin las órdenes e instrucciones que estime convenientes.
  2. La asistencia a la Dirección de Gestión Administrativa en las tareas y actividades que ésta le encomiende.
  3. La ordenación y distribución física de todas las instalaciones y dependencias de la Asamblea.
  4. Organización y dirección del personal de las Escalas de Ujieres, de Conductores, y de los integrantes de las Unidades de Telefonía y Reprografía. El Jefe y Subjefe de Ujieres y el Jefe de Conductores ejercerán jerárquicamente el mando efectivo sobre los integrantes de sus respectivas escalas.
  5. El control y supervisión de la asistencia personal telefónica en la centralita de la Asamblea.
  6. La gestión de las tareas de reprografía que sean precisas en el normal funcionamiento de los servicios de la Cámara.

Artículo 60

Corresponde a la Unidad de Ujieres el desempeño de las tareas atribuidas a la Escala de Ujieres en el Estatuto de Personal, y además, las siguientes:

  1. Custodiar el mobiliario, máquinas, instalaciones y locales interiores.
  2. Vigilar y supervisar en sus operaciones al personal encargado de la limpieza de la Sede.
  3. Vigilar y supervisar en sus operaciones al personal encargado de los servicios de hostelería, restauración y cafetería.
  4. Custodiar las llaves de los despachos y oficinas, efectuando su apertura y cierre cuando proceda.
  5. Recibir, conservar y distribuir los documentos, objetos y correspondencia que a tales efectos les sean encomendados por el personal de la Cámara o los Diputados.
  6. Realizar los encargos relacionados con el servicio que se encomienden, dentro o fuera del edificio.
  7. El manejo efectivo de máquinas fotocopiadoras.
  8. Los servicios auxiliares adecuados a la naturaleza de sus funciones en archivos, biblioteca, almacenes, ascensores y similares, así como los necesarios en orden a la recepción de funcionarios, autoridades y público en general.
  9. La atención telefónica interna de la Cámara, incluida, en su caso, la centralita de la Asamblea, la distribución de las llamadas que se reciba y la realización y conexión de las que se soliciten.
  10. En general, cualesquiera otras tareas de carácter análogo que, por razones del servicio se encomienden.

Artículo 61

Corresponde a la Unidad de Conductores:

La gestión, manejo y mantenimiento de los vehículos automóviles del parque móvil de la Cámara para el traslado de las autoridades y funcionarios que lo requieran cuando así sea dispuesto por los órganos de dirección de la Asamblea, así como al porteo de documentos y enseres cuando, en las mismas condiciones sea preciso.