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Pagina: DGA - Sección de Asuntos Generales - Funciones y Competencias
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Artículo 59
A la Sección de Asuntos Generales, directamente dependiente de la Dirección de Gestión Administrativa, le corresponde:
- La planificación, supervisión, coordinación e impulso de las unidades encuadradas en la sección, cursando a tal fin las órdenes e instrucciones que estime convenientes.
- La asistencia a la Dirección de Gestión Administrativa en las tareas y actividades que ésta le encomiende.
- La ordenación y distribución física de todas las instalaciones y dependencias de la Asamblea.
- Organización y dirección del personal de las Escalas de Ujieres, de Conductores, y de los integrantes de las Unidades de Telefonía y Reprografía. El Jefe y Subjefe de Ujieres y el Jefe de Conductores ejercerán jerárquicamente el mando efectivo sobre los integrantes de sus respectivas escalas.
- El control y supervisión de la asistencia personal telefónica en la centralita de la Asamblea.
- La gestión de las tareas de reprografía que sean precisas en el normal funcionamiento de los servicios de la Cámara.
Artículo 60
Corresponde a la Unidad de Ujieres el desempeño de las tareas atribuidas a la Escala de Ujieres en el Estatuto de Personal, y además, las siguientes:
- Custodiar el mobiliario, máquinas, instalaciones y locales interiores.
- Vigilar y supervisar en sus operaciones al personal encargado de la limpieza de la Sede.
- Vigilar y supervisar en sus operaciones al personal encargado de los servicios de hostelería, restauración y cafetería.
- Custodiar las llaves de los despachos y oficinas, efectuando su apertura y cierre cuando proceda.
- Recibir, conservar y distribuir los documentos, objetos y correspondencia que a tales efectos les sean encomendados por el personal de la Cámara o los Diputados.
- Realizar los encargos relacionados con el servicio que se encomienden, dentro o fuera del edificio.
- El manejo efectivo de máquinas fotocopiadoras.
- Los servicios auxiliares adecuados a la naturaleza de sus funciones en archivos, biblioteca, almacenes, ascensores y similares, así como los necesarios en orden a la recepción de funcionarios, autoridades y público en general.
- La atención telefónica interna de la Cámara, incluida, en su caso, la centralita de la Asamblea, la distribución de las llamadas que se reciba y la realización y conexión de las que se soliciten.
- En general, cualesquiera otras tareas de carácter análogo que, por razones del servicio se encomienden.
Artículo 61
Corresponde a la Unidad de Conductores:
La gestión, manejo y mantenimiento de los vehículos automóviles del parque móvil de la Cámara para el traslado de las autoridades y funcionarios que lo requieran cuando así sea dispuesto por los órganos de dirección de la Asamblea, así como al porteo de documentos y enseres cuando, en las mismas condiciones sea preciso.