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PNL-407/2026
La Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la de Comunidad de Madrid a: 1. Garantizar el pleno ejercicio del derecho fundamental de huelga en el ámbito de la Administración autonómica y su sector público, fijando servicios mínimos estrictamente proporcionados y negociados con la representación sindical. 2. Promover, en el marco del diálogo social regional y en el ámbito de sus competencias, la renovación de los convenios colectivos bloqueados y la incorporación de incrementos salariales y cláusulas de revisión acordes con la propuesta de CCOO y UGT para el VI Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) basado en garantizar subidas salariales (entre el 4% y el 7%) e incorporar cláusulas que faciliten el acceso a la vivienda para las personas trabajadoras. La Asamblea de Madrid insta al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, para que a su vez inste al Gobierno de la Nación, a lo siguiente: 1. Iniciar de manera inmediata las conversaciones con los agentes sociales para acometer una nueva subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para ello, se deberá convocar a la Comisión Asesora para el Análisis del SMI, con el objetivo de evaluar el impacto de la inflación y fijar un incremento que garantice la recuperación del poder adquisitivo de los trabajadores, tomando como referencia ineludible la escalada de los precios del alquiler. 2. Respaldar a nivel estatal el marco de propuestas sindicales para el VI Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC). Esto implica el impulso de políticas y marcos de diálogo que favorezcan incrementos salariales de entre el 4% y el 7%, la inclusión de cláusulas de revisión salarial para proteger las rentas frente a la inflación, y la incorporación de cláusulas específicas en los convenios colectivos destinadas a facilitar el acceso a la vivienda.
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13/10/2026
- Proposición No de Ley ante Comisión
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RGEP20647-26 (13/10/2026) Proposición No de Ley ante Comisión
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16/10/2026
- Acuerdo de Mesa
- La Mesa acuerda admitirla, disponer su publicación y tramitación posterior, por razón de la materia, ante la Comisión de Presupuestos y Hacienda, todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 49, 97 y 205 y siguientes del Reglamento de la Asamblea
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B.O.A.M. 178 (22/10/2026) desde la página 42637 hasta la página 42639
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RGSP2474-26 (20/10/2026) Acuerdo de Mesa de 16/10/2026