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PNL-394/2026
La Asamblea de Madrid insta al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid a: 1. Aplicar en la Comunidad de Madrid el Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible, adoptando, dentro del ámbito de sus competencias, las medidas normativas, administrativas y presupuestarias necesarias para garantizar su aplicación efectiva y reforzar la protección de las familias en situación de vulnerabilidad residencial. 2. Garantizar que los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2027 incorporen partidas presupuestarias específicas, diferenciadas y finalistas destinadas exclusivamente a la política de vivienda, con una dotación suficiente y plurianual para: a) Incrementar sustancialmente el parque público de vivienda en alquiler asequible mediante la construcción y adquisición de viviendas. b) Movilizar suelo público autonómico para nuevas promociones de vivienda pública y protegida. c) Financiar ayudas al alquiler y alternativas habitacionales de emergencia para familias en situación de vulnerabilidad. d) Prevenir los desahucios y la pérdida de la vivienda habitual mediante programas de mediación, acompañamiento social y atención a las familias afectadas. e) Rehabilitar y recuperar viviendas públicas vacías o infrautilizadas. f) Financiar la colaboración con los ayuntamientos para reforzar los servicios municipales de vivienda y emergencia habitacional. Estas partidas deberán identificar expresamente su finalidad, contar con objetivos anuales de ejecución y permitir conocer el importe efectivamente ejecutado y el número de viviendas y familias beneficiadas. 3. Encomendar a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo la elaboración e impulso de una modificación de la normativa autonómica del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, orientada a que: a) Se eleve del 2 % al 6 % el tipo de gravamen aplicable a las adquisiciones de viviendas realizadas por empresas inmobiliarias que actualmente se beneficien del tipo reducido, en los supuestos y con los requisitos que se establezcan legalmente. b) Se establezcan tipos agravados, de entre el 10 % y el 20 %, para determinadas operaciones de adquisición de múltiples viviendas, edificios residenciales completos u operaciones realizadas por grandes tenedores, atendiendo al número de inmuebles, volumen de la operación y condición del adquirente. c) Se establezcan las excepciones necesarias para las operaciones destinadas a la promoción de vivienda pública o protegida y al alquiler asequible de carácter permanente. d) Los ingresos adicionales obtenidos mediante esta reforma se destinen prioritariamente a reforzar las políticas públicas de vivienda. 4. Establecer, igualmente a propuesta de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, un tipo reducido del 3 % en el ITP para las personas físicas que adquieran por primera vez una vivienda destinada a constituir su residencia habitual, sujeto a requisitos objetivos de renta, valor máximo del inmueble, residencia efectiva y permanencia, así como a los mecanismos de control necesarios para evitar su utilización con fines especulativos. El coste recaudatorio de esta medida deberá figurar expresamente en la documentación presupuestaria de la Comunidad de Madrid y ser compatible con la financiación suficiente de las políticas públicas de vivienda. 5. Crear un programa autonómico de protección frente a la emergencia habitacional, financiado mediante las correspondientes partidas presupuestarias de 2027 y ejercicios posteriores, que garantice la cooperación económica con los ayuntamientos para reforzar la prevención de desahucios, la atención a las familias vulnerables, las ayudas al alquiler, las alternativas habitacionales y los servicios municipales de vivienda, [FALTA TEXTO]
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07/10/2026
- Proposición No de Ley ante Pleno
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RGEP20301-26 (07/10/2026) Proposición No de Ley ante Pleno
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16/10/2026
- Acuerdo de Mesa
- La Mesa acuerda admitirla, disponer su publicación y tramitación posterior ante el Pleno de la Cámara, todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 49, 97 y 205 y siguientes del Reglamento de la Asamblea de Madrid
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B.O.A.M. 178 (22/10/2026) desde la página 42612 hasta la página 42616
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RGEP0-26 (22/10/2026) Acuerdo de Mesa de 16/10/2026
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03/11/2026
- Enmiendas Grupo Más Madrid
- Del Sr. Diputado D. Jorge Moruno Danzi, del Grupo Parlamentario Más Madrid, con el visto bueno de su portavoz, presentando cuatro enmiendas al texto de la Proposición No de Ley PNL 394/2026 R.20301, incluida en el orden del día de la sesión plenaria a celebrar el 05/11/2024.
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RGEP22318-26 (03/11/2026) Enmiendas Grupo Más Madrid de 03/11/2026