Esta web utiliza cookies de terceros y propias para optimizar el servicio, no recaba ni cede datos de carácter personal de los usuarios sin su conocimiento. Conforme a lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, pedimos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación por el sitio web

Aceptar | Aceptar selección | Rechazar | Más información
Necesarias | Estadísticas | Detalle
Nombre Proveedor Utilidad Caducidad Categoría
GUEST_LANGUAGE_ID www.asambleamadrid.es Utilizada para detectar el idioma seleccionado por el usuario 1 año Necesarias
JSESSIONID www.asambleamadrid.es Identificador asociado a la sesión del usuario. Utilizado para conservar el estado del usuario durante la navegación en la web. Sesión Necesarias
LFR_SESSION_STATE_20096 www.asambleamadrid.es Identificador asociado a la sesión del usuario. Utilizado para conservar el estado del usuario durante la navegación en la web. Sesión Necesarias
COMPANY_ID www.asambleamadrid.es Identifica el sitio web utilizado dentro de la aplicación. Sesión Necesarias
COOKIE_SUPPORT www.asambleamadrid.es Esta cookie determina si el navegador acepta cookies. 6 meses Necesarias
mycookieaceptthx www.asambleamadrid.es Almacena el consentimiento del usuario para utilizar las cookies en el sitio web y las categorías seleccionadas 1 semana Necesarias
_ga Google Analytics Utilizada por Google Analitics para generar datos estadísticos acerca de cómo utiliza el visitante el sitio web. 2 años Estadísticas

Portal web de la Asamblea de Madrid

Pagina: Iniciativa

Contenido ofrecido por el portal web de la Asamblea de Madrid

PNL-389/2026

La Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a: 1. Incrementar de forma significativa la Prestación Económica de Asistencia Personal (PEAP), adecuando sus cuantías a las necesidades reales de apoyo de las personas beneficiarias. 2. Consolidar la Oficina de Vida Independiente (OVI) como una política pública estable, dotada de financiación suficiente y plurianual. 3. Garantizar la revisión periódica y efectiva de los Planes Individuales de Vida Independiente (PIVI) cuando se produzcan cambios relevantes en las circunstancias vitales de las personas usuarias. 4. Eliminar los requisitos de acceso a la OVI vinculados a estar trabajando o estudiando, y garantizar la continuidad de los apoyos más allá de los 65 años, en línea con el carácter universal del derecho a la vida independiente.

Estado: PENDIENTE
Documento de apertura: 05/10/2026
Procedimiento: Por vía art. 205 R.A.
Órgano: Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad
Autores Grupo Parlamentario Socialista
Destinatario Mesa de la Asamblea
Ir Arriba