PNL-515/2025

La Asamblea de Madrid insta al Gobierno regional a: 1. Establecer un procedimiento objetivo y transparente para la autorización de nuevos centros universitarios adscritos, que incluya, como mínimo: a) La evaluación pública de toda la documentación exigida en el artículo 13 del Real Decreto 640/2021, en particular la memoria académica, la estructura del profesorado, el sistema interno de garantía de calidad, las instalaciones, el régimen económico y la planificación de enseñanzas. b) La emisión preceptiva de un informe técnico externo por parte de la Fundación Madri+d, de carácter público, que evalúe la calidad académica, la suficiencia de medios docentes e investigadores y la viabilidad del proyecto. c) La publicación íntegra del convenio de adscripción, conforme a lo exigido en el artículo 13.5 del RD 640/2021 y en el artículo 42.1 de la LOSU. 2. Garantizar que toda propuesta de adscripción a una universidad pública incluya la justificación expresa de su necesidad, conforme al artículo 42.2 de la LOSU, y que dicha justificación sea pública y esté disponible para conocimiento de la comunidad universitaria y de la ciudadanía. 3. Elaborar un plan de ampliación de plazas públicas en titulaciones de alta demanda social, especialmente en el Grado en Derecho y en el Máster de Acceso a la Abogacía y la Procura, donde la oferta privada es mayoritaria, con el fin de reforzar la igualdad de oportunidades y la calidad de la formación universitaria. 4. Garantizar que la autorización de nuevos centros adscritos no suponga una reducción de los recursos, de la capacidad investigadora o de la calidad docente de las universidades públicas, y asegurar que la adscripción no sustituya inversiones necesarias en profesorado e infraestructuras en las facultades públicas. 5. Presentar, en el plazo máximo de seis meses, un informe sobre el impacto académico, económico y organizativo de los centros universitarios adscritos ya existentes en la Comunidad de Madrid, incluyendo su oferta académica, su plantilla docente (con porcentaje de profesorado doctor), sus tasas y precios, su sistema de calidad y el efecto sobre la matrícula y los recursos de las universidades públicas a las que se adscriben, anulando la orden 5465/2025 de 11 de noviembre del consejero de educación, ciencia y universidades por la que se autoriza la adscripción del centro universitario "ilustre colegio de Abogados de Madrid (CUICAM)" a la UCM, al menos hasta que dicho informe sea público

Estado: TRAMITADA
Documento de apertura: 01/12/2025
Procedimiento: Por vía art. 205 R.A.
Órgano: Pleno de la Asamblea
Autores Esteban Álvarez León
Destinatario Mesa de la Asamblea
  • 01/12/2025
  • 04/12/2025
  • 11/12/2025
    • Sesión plenaria
    • El Pleno de la Asamblea de Madrid, en su sesión ordinaria del día 11 de diciembre de 2025, rechazó la Proposición No de Ley PNL 515/25 RGEP 26240, del Grupo Parlamentario Socialista, por la que se proponía que la Asamblea de Madrid instara al Gobierno regional a: 1. Establecer un procedimiento objetivo y transparente para la autorización de nuevos centros universitarios adscritos, que incluya, como mínimo: a) La evaluación pública de toda la documentación exigida en el artículo 13 del Real Decreto 640/2021, en particular la memoria académica, la estructura del profesorado, el sistema interno de garantía de calidad, las instalaciones, el régimen económico y la planificación de enseñanzas. b) La emisión preceptiva de un informe técnico externo por parte de la Fundación Madri+d, de carácter público, que evalúe la calidad académica, la suficiencia de medios docentes e investigadores y la viabilidad del proyecto. c) La publicación íntegra del convenio de adscripción, conforme a lo exigido en el artículo 13.5 del RD 640/2021 y en el artículo 42.1 de la LOSU. 2. Garantizar que toda propuesta de adscripción a una universidad pública incluya la justificación expresa de su necesidad, conforme al artículo 42.2 de la LOSU, y que dicha justificación sea pública y esté disponible para conocimiento de la comunidad universitaria y de la ciudadanía. 3. Elaborar un plan de ampliación de plazas públicas en titulaciones de alta demanda social, especialmente en el Grado en Derecho y en el Máster de Acceso a la Abogacía y la Procura, donde la oferta privada es mayoritaria, con el fin de reforzar la igualdad de oportunidades y la calidad de la formación universitaria. 4. Garantizar que la autorización de nuevos centros adscritos no suponga una reducción de los recursos, de la capacidad investigadora o de la calidad docente de las universidades públicas, y asegurar que la adscripción no sustituya inversiones necesarias en profesorado e infraestructuras en las facultades públicas. 5. Presentar, en el plazo máximo de seis meses, un informe sobre el impacto académico, económico y organizativo de los centros universitarios adscritos ya existentes en la Comunidad de Madrid, incluyendo su oferta académica, su plantilla docente (con porcentaje de profesorado doctor), sus tasas y precios, su sistema de calidad y el efecto sobre la matrícula y los recursos de las universidades públicas a las que se adscriben, anulando la orden 5465/2025 de 11 de noviembre del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades por la que se autoriza la adscripción del centro universitario “Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (CUICAM)” a la UCM, al menos hasta que dicho informe sea público.
    • Icono PDF B.O.A.M. 135 B.O.A.M. 135 (18/12/2025) desde la página 32344 hasta la página 32345 Icono descarga documento B.O.A.M. 135
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