CC/N-1/2017

Solicitud del Grupo Parlamentario Podemos-CM para que se habilite un pleno de la Asamblea de Madrid en que se produzca una votación para la pérdida de la condición de consejero de la Cámara de Cuentas de D. Arturo Canalda González, actual Presidente de la institución

Estado: ARCHIVADA
Documento de apertura: 27/04/2017
Procedimiento: Por vía art. 234 R.A.
Órgano: Pleno de la Asamblea
Autores Lorena Ruiz-Huerta García de Viedma
Destinatario Mesa de la Asamblea
  • 27/04/2017
  • 27/04/2017
    • Inclusión en Orden del Día
    • De Dª Lorena Ruiz-Huerta García de Viedma, Portavos del G.P. Podemos-CM dirigiendo escrito a la Mesa de la Asamblea con el siguiente tenor literal: "En viritud de lo establecio en el artículo 35 de la Ley 11/1999, de 29 de abril de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, solicito que se realice votación en el Pleno de la Asamblea de madrid, en relación con la facultad que recoge el referido artículo que habilita al Pleno de la Asamblea de Madrid a votar para que se produzca la pérdida de la condición de Consejero de la Cámara de Cuentas, de D. Arturo Canalda González, actual Presidente de la Cámara de Cuentas. Los motivos de realizar esta solicitud parte de los siguiente Hechos 1.D. Arturo Canalda era el Presidente de Canal Extensia cuando la sociedad adquirió en diciembre de 2001 la colombiana Inassa, operación que según el juez Velasco incluyó un sobreprecio de 70 millones, siendo considerada una compara fraudulenta. Esta transacción está calificada por el Juez Intructor de "supuesta malversación". 2. A la luz de las investigaciones poracticada por el Juez Velasco, instructor de la "Operación Lezo", se desprende la existencia de un informe jurídico relativo a la fecha, respecto del cual el Sr. Canalda ha manifestado a medios de comunicación, que no tiene constancia 3. En comparecencia ante la Asamblea de Madrid, en fecha 18 de diciembre de 2001, el Sr. Canalda manifestó lo siguiente: "El Canal de Isabel II solo invierte el 75 por ciento del 30 por ciento de Canal Extensia, o lo que es lo mismo, 19.200.000 euros", cifras que difieren con lo expresado por el juez. 4. Desde diciembre de 2012, ostenta la Presidencia de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid. no habiendo realizado ningún informe monográfico de fiscalización sobre el Canal de Isabel II, el mayor comglomerado público de la Comunidad, habiendo podido incurrir en una omisión del deber de fiscalización propio de la Cámara. 5. No debemos olivar, que no es la primera vez que se cuestiona la idoneidad del Sr. Canalda para presidir la Cámara de Cuentas, puesto que al momento de su nobramiento se puso de manifiesto que no cumplía los requesitos exigidos para acceder al cargo. En viirtud de lo expuesto planteamos las siguiente Consideraciones 1. La idoneidad del Sr. Canalda para permanecer al frente de la Cámara de Cuentas de la Comunidad, es cuanto menos dudosa, debido a la falta de capacidad que ha demostrado anteriormente ante los hechos manfiestados anteriormente. 2. Las investigaciones judiciales sitúan la transacción expuesta, realizada cuando el Sr. Canalda era presidente de INASSA, como una de las transacciones sensibles de la investigación. 3. En el peor de los casos el Sr. Canalda podría estar implicado en lo que el juez denomina "compra fraudulenta" al ser el máximo responsable de esta operación. En el mejor de los casos., el máximo responsable de la fiscalización del gasto público demuestra que no fue de capaz de ver un agujero de 70 millones de euros en una operación de 100 millones. Ambos casos ponen de manifiesto que no puede ni debe seguir como Presidente de la Cámara de Cuentas. 4. El hecho que no se haya realizado níngún informe monográfico del Canal de Isabel II en los años en los que ha ostentado la presidencia, es un síntoma de conflicto de interés. Es por todo ello que nos encontramos ante una serie de incumplimientos de los deberes de su cargo y una manifiesta idoneidad para el mismo, por lo que desde este Grupo Parlamentario instamos a que la Junta de Portavoces incluya en el orden del día del próximo pleno en que pueda incorporarse, la votación para que el Sr. Canalda pierda la condición de Consejero y por ende tal y como establece el artículo 26 de la Ley 11/1999, cesará del cargo de Presidente al perder dicha condición
    • Icono PDF DGPE4399-17 DGPE4399-17 (27/04/2017) Inclusión en Orden del Día de 27/04/2017 Icono descarga documento DGPE4399-17
  • 03/05/2017
    • Acuerdo de Mesa
    • La Mesa acuerda no acceder a la solicitud formulada por el Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid, por falta de concordancia entre lo manifestado y el precepto de la Ley de la Cámara de Cuentas invocado.
    • Icono PDF RGSP1882-17 RGSP1882-17 (08/05/2017) Acuerdo de Mesa de 03/05/2017 Icono descarga documento RGSP1882-17