Artículo 47

Corresponde al Servicio de la Oficina de Control Presupuestario y Asuntos Económicos:

  1. La planificación y supervisión de las tareas encomendadas a la sección y el negociado dependientes directamente del servicio, a cuyo fin cursará las órdenes e instrucciones que estime convenientes.
  2. La asistencia a la Dirección de Gestión Administrativa en las tareas y actividades que ésta le encomiende.
  3. Como Oficina de Control Presupuestario le corresponde la recepción de la información que proceda, según la legislación vigente y los acuerdos adoptados por la Asamblea, sobre el estado de ejecución del Presupuesto de la Comunidad de Madrid y de sus organismos y entes
  4. La elaboración del Anteproyecto de Presupuestos de la Asamblea y de las eventuales modificaciones del mismo, así como el control de su ejecución.
  5. La preparación de la liquidación del Presupuesto de la Asamblea.
  6. La gestión del régimen económico de la Cámara y de la Tesorería de la Cámara.
  7. La formación y cuidado del inventario de bienes de la Asamblea y la gestión jurídica del patrimonio.

Artículo 48

Corresponde a la Sección de Presupuestos y Gestión Económica:

  1. La asistencia al Jefe del Servicio en las tareas y actividades que éste le encomiende.
  2. La coordinación e impulso de las tareas encomendadas al Negociado encuadrado en la Sección a cuyo fin podrá cursar las órdenes e instrucciones que estime convenientes.
  3. La gestión del registro de la Oficina de Control Presupuestaria y atención de las peticiones de información sobre el estado de ejecución del presupuesto de la Comunidad de Madrid, de sus Organismos y Entes Públicos.
  4. Confección material del anteproyecto de presupuestos de la Asamblea y las propuestas de modificaciones presupuestarias así como el seguimiento y control de la ejecución presupuestaria.
  5. Elaboración material de la liquidación del presupuesto y la formación del balance y la cuenta del resultado económico patrimonial, y las operaciones de cierre y apertura del ejercicio.
  6. Tramitación de todos los gastos, pagos e ingresos, cobros y obligaciones derivadas de la gestión económica.
  7. Gestión de la Tesorería, de las garantías y de la Caja así como la custodia de los fondos, valores y efectivos depositada en ésta.

Artículo 49

Corresponde al Negociado de Presupuestos:

  1. La tramitación y ejecución de los expedientes y asuntos que les asigne el jefe de la sección.
  2. La asistencia a la sección en las tareas y actividades que ésta le encomiende.
  3. Apoyo en el registro y realización material de los informes sobre las peticiones cursadas a la Oficina de Control Presupuestaria.
  4. Apoyo a la Sección en el seguimiento y control del estado de la ejecución del presupuesto de la Cámara.
  5. Asistencia a la Sección en la elaboración material del anteproyecto de presupuesto de la Cámara y en su liquidación.

Artículo 50

Le corresponde al Negociado de Gestión Económica:

  1. La asistencia al Jefe de Sección en las tareas y actividades que éste le encomiende.
  2. La coordinación e impulso de las tareas encomendadas al administrativo encuadrado en el Negociado a cuyo fin podrá cursar las órdenes e instrucciones que estime convenientes.
  3. La elaboración de los expedientes contables correspondientes a los gastos, ingresos y operaciones extrapresupuestarias derivados de la gestión económica y financiera.
  4. Apoyo a la Sección en la gestión de tesorería, tramitación de los pagos y cobros.
  5. Apoyo a la Sección en la gestión de las garantías y de la Caja así como la custodia de los fondos, valores y efectivos depositada en ésta.

Artículo 51

Al Negociado de Patrimonio, directamente dependiente del Servicio de la Oficina de Control Presupuestario y Asuntos Económicos, le corresponden las siguientes funciones:

  1. La tramitación y ejecución de los expedientes y asuntos que les asigne el jefe del servicio.
  2. La asistencia al servicio en las tareas y actividades que ésta le encomiende.
  3. El mantenimiento, actualización, cuidado y gestión material del Inventario de Bienes de la Asamblea.