SECCIÓN IV. De la Dirección de Informática, Tecnología y Transparencia

Artículo 64

La Dirección de Informática, Tecnología y Transparencia se estructura orgánicamente del modo siguiente:

  1. Servicio de Proyectos TIC y Soporte, queda orgánicamente estructurado en:
    1. El Área de Estrategia y Sistemas.
    2. El Área de Seguridad Informática y Evaluación.
    3. El Área de Soporte.
  2. Servicio de Desarrollo y Gestión de las TIC, queda orgánicamente estructurado en:
    1. El Área de Comunicaciones.
    2. El Área de Información.
    3. El Área de Administración Electrónica.
  3. Servicio de Audiovisuales, queda orgánicamente estructurado en:
    1. La Sección de Producción Audiovisual.
    2. La Sección de Información Audiovisual y Sistemas Multimedia.
    3. La Unidad de Mantenimiento Audiovisual.
  4. Oficina de Gestión y Control Tecnológico.

Artículo 65

A la Dirección de Informática, Tecnología y Transparencia le corresponde:

  1. La dirección de los Servicios y la Oficina encuadrados en la misma, y la jefatura directa todo el personal que los integra.
  2. La asistencia directa a la Secretaría General en los asuntos tecnológicos, informáticos y de telecomunicaciones; audiovisuales, grafismo y digitalización; de transparencia activa; de participación y comunicación corporativas, de conformidad con las líneas predeterminadas por la Presidencia de la Asamblea y la propia Secretaría General; así como en las demás competencias materiales asignadas a sus unidades dependientes.
  3. La dirección de la estrategia para satisfacer las necesidades de la Asamblea en materia de nuevas tecnologías, sistemas informáticos, de telecomunicaciones y audiovisuales y multimedia presentes en la Asamblea de Madrid.
  4. La dirección de la estrategia para satisfacer los deberes y obligaciones de la Asamblea en materia de transparencia activa.
  5. La dirección de la comunicación e información corporativas y las relaciones de la Asamblea con el ámbito digital y la gestión de los actos informativos de carácter institucional u otros autorizados por la Presidencia o la Mesa relacionados con los Medios de Comunicación y sociedad digital.
  6. La estrategia y decisión sobre la propuesta y planificación de las adquisiciones, servicios u obras precisos para atención de las competencias propias de la Dirección, y la propuesta sobre las formas de gestión y ejecución que se estimen más adecuadas.
  7. Las demás que le fueran encomendadas en materias propias o análogas por la Secretaría General de la Asamblea.
  8. Las funciones asignadas al Letrado Delegado de Protección de Datos en el artículo 19 bis) del Reglamento de Régimen Interior.

Artículo 66

Corresponde al Servicio de Proyectos TIC y Soporte:

  1. La dirección técnica del Servicio y de las Áreas integradas en el mismo, a cuyo fin podrá cursar las órdenes e instrucciones que estime convenientes
  2. La asistencia a la Dirección de Informática, Tecnología y Transparencia en las tareas y actividades que ésta le encomiende
  3. El estudio y propuesta de las soluciones tecnológicas para satisfacer las necesidades de los órganos y unidades de la Asamblea cursadas por la Dirección o detectadas por el Servicio o advertidas por las diversas unidades u órganos de la Asamblea
  4. La especificación técnica que el estudio, planificación y propuesta sobre nuevas tecnologías, sistemas informáticos y sistemas técnicos se precisen
  5. La gestión y propuestas de planificación, definición, determinación de recursos, en colaboración con el Servicio de Desarrollo y Gestión de las TIC; la coordinación, supervisión y gestión global de los proyectos TIC; el análisis funcional y orgánico, así como el desarrollo e implementación del software y hardware en los Proyectos y la coordinación de los proyectos definidos asignados cumpliendo con los requisitos de calidad, plazos y presupuesto definidos para cada uno de ellos, así como la integración de los nuevos proyectos con los sistemas corporativos
  6. Gestionar el mantenimiento, monitorización y administración de los servidores corporativos, ofreciendo un soporte tecnológico especializado
  7. Gestionar el mantenimiento, monitorización y administración del almacenamiento, salvaguarda y recuperación de la información
  8. Proponer y normalizar configuraciones cliente para optimizar la integración con los servicios e infraestructuras TIC
  9. La gestión de las incidencias de los usuarios a primer nivel y, en su caso de segundo nivel en virtud de las competencias asignadas al Servicio
  10. Gestionar las contrataciones y relaciones derivadas con los proveedores de suministros o prestadores de servicios u otras en las materias correspondientes a su competencia, en colaboración con el Servicio de Desarrollo y Gestión de las TIC, garantizando la calidad y eficiencia
  11. Las demás que le sean encomendadas por la Dirección en relación con las materias objeto de su competencia material