ESTATUTO DE PERSONAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID

Artículo 31

Corresponde al Cuerpo de Redactores, Taquígrafos, Estenotipistas y Catalogadoras, la reproducción o transcripción exacta de las intervenciones y sucesos de todas las Sesiones y actos que disponga la Mesa, con preferencia de las Sesiones del Pleno y Comisiones de la Cámara, así como la redacción y corrección del Borrador del "Diario de Sesiones" y la catalogación inmediata. La titulación necesaria para el acceso al Cuerpo es la exigida para el Subgrupo C1.