I-3/2020

Política general del Consejo de Gobierno teniendo en cuenta la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, LOMCE, con relación a garantizar por parte de esta administración a los padres de los alumnos de centros sostenidos con fondos públicos el cumplimiento de lo establecido en el artículo 119.4 en relación con el artículo 120.4 de la mencionada LOMCE, de tal forma que no se puedan impartir sin conocimiento expreso de los padres (responsables legales de los alumnos) actividades extracurriculares que vulneren la aplicación del artículo 27.3 de la Constitución Española

Estado: NO ADMITIDA
Documento de apertura: 23/01/2020
Procedimiento: Por vía art. 199 R.A.
Órgano: Pleno de la Asamblea
Autores Mariano Calabuig Martínez
Destinatario CONSEJO DE GOBIERNO