C-1363/2019

Informar sobre estos extremos. (Por vía art. 75.3 R.A.M.)

Estado: NO ADMITIDA
Documento de apertura: 08/11/2019
Procedimiento: Por vía art. 75.3 R.A.
Órgano: Comisión de Investigación sobre las presuntas irregularidades y trato de favor en la concesión y posterior seguimiento financiero de las operaciones realizadas de préstamo, crédito o avales por parte de AvalMadrid SGR desde el año 2007 al año 2018
Autores Pilar Sánchez Acera
Destinatario
  • 08/11/2019
  • 11/11/2019
    • Acuerdo de Mesa
    • La Mesa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1.c) del Reglamento de la Asamblea, acuerda su no admisión a trámite, por falta de concreción en el objeto de la iniciativa, y, no tratándose de un mero error gramatical o de referencia, su devolución al Grupo autor de la misma
    • Icono PDF RGSP3092-19 RGSP3092-19 (14/11/2019) Acuerdo de Mesa de 11/11/2019 Icono descarga documento RGSP3092-19
  • 21/11/2019
    • Reconsideración de Acuerdo de Mesa
    • De la Sra. Portavoz Adjunta del Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con lo previsto en el artículo 49.2 del Reglamento de la Asamblea, solicitando, por las razones que se especifican, la reconsideración del Acuerdo adoptado por la Mesa de la Asamblea en su reunión de 11-11-19, en relación con las Comparecencias C 1191(XI)/19 RGEP 10153, C 1192(XI)/19 RGEP 10154, C 1193(XI)/19 RGEP 10155, C 1195(XI)/19 RGEP 10157, C 1196(XI)/19 RGEP 10158, C 1197(XI)/19 RGEP 10159, C 1280(XI)/19 RGEP 10242, C 1285(XI)/19 RGEP 10247, C 1294(XI)/19 RGEP 10256, C 1311(XI)/19 RGEP 10273, C 1312(XI)/19 RGEP 10274, C 1313(XI)/19 RGEP 10275, C 1314(XI)/19 RGEP 10276, C 1315(XI)/19 RGEP 10277, C 1316(XI)/19 RGEP 10278, C 1317(XI)/19 RGEP 10279, C 1318(XI)/19 RGEP 10280, C 1319(XI)/19 RGEP 10281, C 1328(XI)/19 RGEP 10290, C 1329(XI)/19 RGEP 10291, C 1330(XI)/19 RGEP 10292, C 1331(XI)/19 RGEP 10293, C 1333(XI)/19 RGEP 10295, C 1334(XI)/19 RGEP 10296, C 1339(XI)/19 RGEP 10301, C 1340(XI)/19 RGEP 10302, C 1343(XI)/19 RGEP 10305, C 1344(XI)/19 RGEP 10306, C 1345(XI)/19 RGEP 10307, C 1347(XI)/19 RGEP 10309, C 1348(XI)/19 RGEP 10310, C 1349(XI)/19 RGEP 10311, C 1353(XI)/19 RGEP 10315, C 1355(XI)/19 RGEP 10317, C 1356(XI)/19 RGEP 10318, C 1358(XI)/19 RGEP 10320, C 1359(XI)/19 RGEP 10321, C 1360(XI)/19 RGEP 10322, C 1363(XI)/19 RGEP 10325, C 1366(XI)/19 RGEP 10328, C 1368(XI)/19 RGEP 10330 y RGEP 11289(XI)/19.
    • Icono PDF RGEP11289-19 RGEP11289-19 (21/11/2019) Reconsideración de Acuerdo de Mesa de 21/11/2019 Icono descarga documento RGEP11289-19
  • 03/12/2019
    • Acuerdo de Mesa
    • De conformidad con el artículo 49.2 del Reglamento de la Asamblea, apreciar la concurrencia de una manifiesta inobservancia de los trámite reglamentarios previstos para su admisión a trámite y, consecuencia del impedimento legítimo concurrente en cada caso, que en modo alguno es fruto de un juicio de oportunidad que no le corresponde a esta Mesa, desestimar la solicitud de reconsideración y ratificar su anterior Acuerdo de 11-11-19, en relación con las siguientes solicitudes de comparecencia referidas en el escrito formalizado por el Grupo Parlamentario Socialista, por las razones que, seguidamente y de forma individualizada, se especifican, a efectos de atender el deber de los órganos parlamentarios de motivar expresa, suficiente y adecuadamente la aplicación de las normas cuando pueda resultar de la misma una limitación al ejercicio de aquellos derechos y facultades que integran el estatus constitucionalmente relevante de los representantes políticos (SSTC 38/1999, FJ 2; 107/2001, FJ 7; 203/2001, FJ 3; 277/2002, de 14 de octubre, FJ 5; 40/2003, FJ 6; y 1/2015, FJ 5) Expte: C 1363(XI)/19 RGEP 10325 Acuerdo: La Mesa, oída la Junta de Portavoces, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.2 del Reglamento de la Asamblea, en relación con los apartados 1 y 3 de su artículo 75, y la primera de las Reglas Básicas de composición, organización y funcionamiento de la Comisión de Investigación, acuerda desestimar la solicitud de reconsideración formalizada por el Grupo Parlamentario Socialista y ratificar su anterior Acuerdo de 11-11-19, en relación con la Comparecencia C 1363(XI)/19 RGEP 10322, por el que se acuerda su no admisión a trámite por falta de concreción respecto de Dña. Claudia Alonso Rodríguez, en la condición que se le cita de procuradora que ha representado a Avalmadrid, SGR en diversos procedimientos judiciales durante el período de la Comisión, de la relación del objeto de la iniciativa con el asunto que constituye el objeto de la Comisión de Investigación, extremo para cuya subsanación se había dado plazo a los Grupos Parlamentarios. Mediante el escrito de reconsideración se intenta extemporáneamente subsanar dicho defecto, que no fue subsanado en plazo al formalizar una nueva solicitud de comparecencia, si bien, al margen de falta de concreción en el objeto de la nueva solicitud, conforme se colige del tenor literal de la genérica propuesta de comparecencia (“Informar sobre estos extremos”, que lo serían la representación procesal ejercida), concurre un impedimento legítimo, como lo es la ajenidad del motivo por el que se solicita la comparecencia con el concreto asunto que investiga la Comisión, cual es “analizar y, en su caso, determinar las presuntas responsabilidades políticas que hubiese por las presuntas irregularidades y trato de favor en la concesión y posterior seguimiento financiero de las operaciones realizadas de préstamo, crédito o avales por parte de AvalMadrid desde el año 07 al año 2018”. Por todo lo anterior, resultando por completo ajena al asunto investigado y no estando motivada la propuesta de comparecencia de acuerdo al objeto de la Comisión en el momento y términos en los que la misma ha sido formalizada, conforme exige el apartado 1 de la Regla Básica sexta reguladora del funcionamiento de la Comisión, no puede apreciarse lo afirmado extemporáneamente en la solicitud de reconsideración, en el sentido de que los extremos sobre los versaría la comparecencia “quedan sobradamente manifestados una línea más arriba”. Lo anterior sin perjuicio de la previsión contenida en el apartado 4 de la propia Regla sexta de las de funcionamiento de la Comisión.
    • Icono PDF RGSP3461-19 RGSP3461-19 (05/12/2019) Acuerdo de Mesa de 03/12/2019 Icono descarga documento RGSP3461-19