PNL-59/2019

La Asamblea de Madrid insta al Consejo de Gobierno a que realice las actuaciones que se señalan en el escrito sobre regulación de los equipos psicosociales que emiten informes que afectan a menores en juzgados de familia y violencia de género.

Estado: TRAMITADA
Documento de apertura: 10/10/2019
Procedimiento: Por vía art. 205 R.A.
Órgano: Pleno de la Asamblea
Autores Grupo Parlamentario VOX
Destinatario Mesa de la Asamblea
  • 10/10/2019
  • 14/10/2019
  • 22/10/2019
    • Grupo Parlamentario Vox
    • Del Sr. Portavoz del Grupo Parlamentario Vox en Madrid, solicitando el cambio de la Proposición No de Ley PNL 59(XI)/19 RGEP 7760, incluida en el Orden del Día de la sesión plenaria de 24-10-19, por la Proposición No de Ley PNL 70(XI)/19 RGEP 8452.
    • Icono PDF RGEP8752-19 RGEP8752-19 (22/10/2019) Grupo Parlamentario Vox de 22/10/2019 Icono descarga documento RGEP8752-19
  • 20/11/2019
  • 20/11/2019
  • 21/11/2019
    • Sesión plenaria
    • El Pleno de la Asamblea de Madrid, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de noviembre de 2019, rechazó la Proposición No de Ley PNL-59(XI)/2019 RGEP.7760, del Grupo Parlamentario Vox en Madrid, por la que se proponía que la Asamblea de Madrid instara al Consejo de Gobierno a que: 1. Regule los requisitos facultativos que deban reunir quienes prestan asistencia psicosocial y/o emitan informes en los Juzgados de familia y violencia de género. 2. Cree un registro autonómico de facultativos psicosociales que presten asistencia y/o emitan informes en los Juzgados de familia y violencia de género. 3. Solicite al Gobierno de la Nación la creación de un registro nacional de facultativos psicosociales que presten asistencia y/o emitan informes en los Juzgados de familia y violencia de género. 4. Cree un cuerpo de funcionarios de la Comunidad de Madrid de facultativos psicosociales al servicio de la Administración de Justicia. 5. Solicite al Gobierno de la Nación la creación de un cuerpo nacional de facultativos psicosociales al servicio de la Administración de Justicia. 6. Considere promover la creación de un grupo de trabajo entre el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas con competencia en materia de personal al servicio de la Administración de Justicia que estudie criterios homogéneos en relación con los facultativos y/o cuerpos de facultativos psicosociales. 7. Apruebe protocolos de emisión de informes periciales psicosociales, que incluyan i) el número mínimo de miembros de cada equipo psicosocial, ii) la formación teórica y/o titulación exigible a tales miembros, iii) la contribución de cada uno de ellos a tales informes, iv) los criterios y la metodología del proceso de evaluación psicosocial pericial y de la elaboración de los informes, con expresión del número y duración de las entrevistas, estructura de los informes, descripción de las exploraciones realizadas, documentos utilizados y fundamentos de las conclusiones, plazos de realización de las exploraciones y emisión de los informes, y obligación de firma de los facultativos intervinientes, entre otros elementos que se consideren relevantes. 8. Programe anualmente formación continua para los facultativos y/o cuerpos de facultativos psicosociales al servicio de la Administración de Justicia, que contribuya al conocimiento de los derechos de los menores de edad y la aplicación de los protocolos aprobados. 9. Investigue los hechos denunciados y/u objeto de queja en relación con la actividad de los llamados "equipos" psicosociales. 10. Ejerza la potestad disciplinaria sobre el personal contratado que forma parte de los llamados "equipos" psicosociales.
    • Icono PDF DD.SS. 84 DD.SS. 84 (21/11/2019) desde la página 4009 hasta la página 4026 Icono descarga documento DD.SS. 84
    • Icono PDF B.O.A.M. 26 B.O.A.M. 26 (28/11/2019) desde la página 2279 hasta la página 2280 Icono descarga documento B.O.A.M. 26
    • Icono PDF RGSP3331-19 RGSP3331-19 (27/11/2019) Sesión plenaria de 21/11/2019 Icono descarga documento RGSP3331-19