PE-30/2019

Se pregunta por qué se ha introducido en la actual convocatoria, como criterio de puntuación, el estar registrado en el CIRA (Registro de Entidades, Centros y Servicios de la Comunidad de Madrid) con más de un año de antigüedad, según se recoge en el artículo 19 de la Orden 994/2019, de 24 de junio, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al 0,7 % del rendimiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Estado: TRAMITADA
Documento de apertura: 19/07/2019
Procedimiento: Por vía art. 198 R.A.
Autores Lorena Morales Porro
Destinatario CONSEJO DE GOBIERNO