La Diputación Permanente



Naturaleza y Composición

La Diputación Permanente es el órgano que garantiza el principio de permanencia del Poder Legislativo en la Comunidad de Madrid.

Está compuesta por:

  • El Presidente de la Asamblea, que lo será también de la Diputación Permanente.
  • Los restantes miembros de la Mesa de la Asamblea.

  • Al menos veinte Diputados que, en proporción a la importancia numérica de los Grupos y garantizando la presencia de todos ellos, establezca la Mesa oída la Junta de Portavoces.

  • De igual manera, y sobre la base de los mismos criterios, se proponen y designan otros tantos Diputados con el carácter de suplentes.

Formalizadas las propuestas de los Grupos Parlamentarios, la Mesa, oída la Junta de Portavoces, las elevará al Pleno, donde se someten a una única votación de conjunto. Una vez efectuada la designación, la Mesa de la Asamblea declara formalmente la integración de la Diputación Permanente.

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Mesa de la Diputación Permanente:

 José Ignacio Echeverría Echániz (GPP)
    Suplente: María Elvira Rodríguez Herrer (GPP)
 Cristina Cifuentes Cuencas (GPP)
    Suplente: Esteban Parro del Prado (GPP)
 Juan Antonio Barranco Gallardo (GPS)
    Suplente: Josefa Dolores Pardo Ortiz (GPS)
 Antero Ruiz López (GPIU-LV)
    Suplente: Miguel Ángel Reneses González Solares (GPIU-LV) 
           Jacobo Ramón Beltrán Pedreira (GPP)
    Suplente: Luis Peral Guerra (GPP)
 Enrique Normand de la Sotilla (GPUPD)
    Suplente: Alberto Reyero Zubiri (GPUPD)
           Carlos González Pereira (GPP)
    Suplente: Rosa M.ª Posada Chapado (GPP)

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Miembros de la Diputación Permanente.

Grupo Parlamentario Popular (GPP)

 Esperanza Aguirre Gil de Biedma 
    Suplente: Alicia delibes Liniers
 Germán Alcayde Fort
    Suplente: M.ª Isabel Redondo Alcaide   
 Antonio Germán Beteta Barreda
    Suplente: José M.ª de Federico Corral
 M.ª Eugenia Carballedo Berlanga 
    Suplente: Enrique Ruiz Escudero 
 Beatriz M.ª Elorriaga Pisarik
    Suplente: Sonsoles Trinidad Aboín Aboín
 Jesús Fermosel Díaz
    Suplente: M.ª Luz Bajo Prieto 
 Javier Fernández-Lasquetty y Blanc
    Suplente: Bartolomé González Jiménez
 Lucía Figar de Lacalle
    Suplente: Luis del Olmo Flórez 
 Jaime Ignacio González González
    Suplente: Francisco de Borja Sarasola Jáudenes
 Álvaro González López
    Suplente: M.ª Pilar Liébana Montijano
 Francisco José Granados Lerena
    Suplente: M.ª Nieves Margarita García Nieto
 Íñigo Henríquez de Luna Losada 
    Suplente: Bonifacio de Santiago Prieto 
 Engracia Hidalgo Tena
    Suplente: M.ª Nadia Álvarez Padilla
 Ana Isabel Mariño Ortega  
    Suplente: Eva Piera Rojo
 Pedro Muñoz Abrines
    Suplente: Francisco Javier Rodríguez Rodríguez
 M.ª Gádor Ongil Cores
    Suplente: Álvaro Moraga Valiente
 David Pérez García
    Suplente: Jesús Adriano Valverde Bocanegra
 Regina Plañiol Lacalle
    Suplente: Juan Van-Halen Acedo
 Juan Soler-Espiauba Gallo
    Suplente: Eduardo Oficialdegui Alonso de Celada
 Salvador Victoria Bolívar
    Suplente: Pedro Núñez Morgades


Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

Rosa M.ª Alcalá Chacón
    Suplente: M.ª del Carmen Toledano Rico
 Enrique Cascallana Gallastegui
    Suplente: Carla Delgado Gómez
 José Carmelo Cepeda García
    Suplente: Óscar Iglesias Fernández
 Matilde Fernández Sanz 
    Suplente: M.ª Isabel Peces-Barba Martínez 
 José Manuel Franco Pardo 
    Suplente: Juan Segovia Noriega
 Tomás Gómez Franco
    Suplente: Helena Almazán Vicario
 Eusebio González Jabonero 
    Suplente: Laura Oliva García
 Carmen Menéndez González-Palenzuela
    Suplente: Antonio Miguel Carmona Sancipriano
 M.ª Encarnación Moya Nieto 
    Suplente: José Luis García Sánchez
 José Quintana Viar
    Suplente: José manuel Freire Campo 
 M.ª Amparo Valcarce García
    Suplente: Antonio Fernández Gordillo


Grupo Parlamentario Izquierda Unida-Los Verdes (GPIU-LV)


 M.ª Josefa Amat Ruiz
    Suplente: Carmen Villares Atienza
 Gregorio Gordo Pradel
    Suplente: Arsenio Rubén Bejarano Ferreras
 Eulalia Vaquero Gómez
    Suplente: María espinosa de la Llave


Grupo Parlamentario Unión Progreso y Democracia (GPUPD)

 Ramón Marcos Allo
    Suplente: Elvira M.ª García Piñeiro
 M.ª Loreto Ruiz de Alda Moreno
    Suplente: Gabriel Julio López López


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Funciones y Competencias de la Diputación Permanente

Corresponden a la Diputación Permanente las siguientes funciones relacionadas por el artículo 82 del Reglamento de la Asamblea:

  • Velar por los poderes de la Asamblea entre los períodos de sesiones ordinarias y en los supuestos de extinción del mandato, al caducar el plazo o disolverse la Asamblea y, más específicamente:

    1. Entre los períódos de sesiones ordinarias, acuerda la convocatoria de sesiones extraordinarias del Pleno o de las Comisiones.

    2. En los supuestos de extinción del mandato, caducidad del plazo o disolución de la Asamblea:

  • Conocer de los asuntos referentes a los derechos y prerrogativas de la Asamblea y de sus miembros y, en especial, de los relativos a la inviolabilidad e inmunidad parlamentarias.

  • Conocer de las delegaciones de funciones ejecutivas y de representación del Presidente de la Comunidad de Madrid en los Vicepresidentes y demás miembros del Gobierno.

  • Interponer recurso de inconstitucionalidad y se persona y formula alegaciones ante el Tribunal Constitucional en los procedimientos de declaración de inconstitucionalidad, previo acuerdo adoptado por mayoría absoluta.

  • Efectúar las elecciones, designaciones y nombramientos de personas que correspondan a la Asamblea, siempre que, por razones de urgencia y necesidad, así lo acuerde previamente la mayoría absoluta de sus miembros.

  • Ejercer el control sobre la legislación delegada del Gobierno en la forma prevista en este Reglamento o en las correspondientes leyes de delegación legislativa.

  • Desarrollar las restantes funciones que le encomienden el Estatuto de Autonomía y el Reglamento.

      La Diputación Permanente tiene el deber de rendir cuenta de sus actuaciones (asuntos tratados y acuerdos adoptados) al Pleno en la primera sesión que éste celebre tras los lapsos     de tiempo en que aquélla despliega sus funciones.

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Funcionamiento de la Diputación Permanente

La convocatoria de la Diputación Permanente corresponde: al Presidente, a iniciativa propia o a petición, al menos, de un Grupo Parlamentario o de la quinta parte de los miembros de la misma. La Diputación Permanente funciona con arreglo a lo establecido en el Reglamento     
para el Pleno.

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Alteraciones en la composición de la Diputación Permanente

Durante la VIII Legislatura se produjeron los siguientes acuerdos de modificación de los miembros de la Diputación Permanente.

Acuerdo Nº DSSAM Fecha DSSAM Nº del BOAM Fecha del BOAM
 
   

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