La Mesa de la Asamblea

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Naturaleza y composición

La Mesa de la Asamblea es el órgano rector del Parlamento y ostenta la representación colegiada de la Cámara.

Está integrada por: el Presidente de la Asamblea, tres Vicepresidentes y tres Secretarios, elegidos por el Pleno en la sesión constitutiva (artículos 11.2 y 51) por el procedimiento previsto en el artículo 52 del Reglamento —por la propia dinámica de la elección la designación atiende a la importancia numérica con que cuentan los Grupos Parlamentarios en el Parlamento—.

Sin perjuicio de lo anterior, asimismo, debe procederse a la elección de la Mesa en los supuestos de alteración en la titularidad del mandato cuando ésta afecte a más del diez por ciento de los escaños por causa de sentencias recaídas en recursos contencioso-electorales interpuestos tras la proclamación de los resultados por la Administración electoral (artículo 51.3), así como en los casos en los que hubiera de cubrirse alguna vacante (artículo 54) por causa del cese de la condición de alguno de sus miembros (artículo 53).

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Funciones de la Mesa

Las funciones de la Mesa pueden sistematizarse en dos grandes grupos: funciones de naturaleza parlamentaria y administrativa.


1º. Funciones de naturaleza parlamentaria.

Corresponde a la Mesa de la Cámara:

  • Adoptar cuantas medidas requiera la organización del trabajo parlamentario.

  • Programar las líneas generales de actuación de la Asamblea y, a tal efecto, aprobar el calendario de trabajos parlamentarios del Pleno y de las Comisiones, coordinando la actividad de los distintos órganos de la Cámara.

  • Calificar los escritos y documentos de índole parlamentaria, resolver sobre la admisión o inadmisión a trámite de los mismos y decidir su tramitación, con arreglo en todo caso a lo dispuesto en el presente Reglamento.

  • Distribuir los escaños del salón de sesiones entre los distintos Grupos Parlamentarios, asignándolos a los Diputados que correspondan, previa audiencia de la Junta de Portavoces.

  • Tramitar las peticiones individuales o colectivas que sean recibidas por la Asamblea.

  • Cualesquiera otras funciones que le encomienden el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, las leyes y este Reglamento, así como las que no se encuentren atribuidas a ningún órgano específico.

  • En relación con la letra c) la Mesa resuelve respecto de la solicitud de reconsideración planteada en el plazo de los ocho días siguientes a su presentación, previa audiencia a la Junta de Portavoces y mediante resolución motivada.

2º. Funciones de naturaleza administrativa.

La Mesa en desarrollo de las mismas esta facultada reglamentariamente para:

  • Adoptar cuantas medidas requiera el gobierno y régimen interno de la Asamblea y, en particular, para proceder a:

    1. La aprobación del Reglamento de Régimen Interior de la Asamblea de Madrid.

    2. La iniciativa de aprobación y reforma del Estatuto del Personal de la Asamblea de Madrid.

    3. La aprobación de la relación de puestos de trabajo y de la plantilla presupuestaria de la Asamblea.

    4. La elaboración y aprobación del proyecto de Presupuesto de la Asamblea, la autorización de transferencias de crédito dentro del mismo, la aprobación de su liquidación, la incorporación de remanentes y la elevación al Pleno de un informe sobre su cumplimiento.

    5. La autorización, ordenación y disposición de gastos con cargo al Presupuesto de la Asamblea.

    6. La incorporación de la Cuenta de la Asamblea a la Cuenta General de la Comunidad de Madrid.

  • Tiene la Mesa, además, asignada en su favor una cláusula residual genérica por remisión y otra residual supletoria al conferírsele:

    1. Cualesquiera otras funciones que le encomienden el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, las leyes y este Reglamento.

    2. Cualesquiera otras funciones que no se encuentren atribuidas a ningún órgano específico.

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Funcionamiento de la Mesa

La convocatoria de la Mesa corresponde a la Presidencia a iniciativa propia o derivada de la petición de cualquiera de sus miembros. Con carácter general, salvo circunstancias imprevistas, las sesiones de la Mesa tienen lugar, semanalmente, los lunes a las 17:00 horas.

La Mesa de la Asamblea es asistida por la Secretaria General de la Asamblea.

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Miembros de la Mesa de la Asamblea de la IX Legislatura

Presidente: 

        José Ignacio Echeverría Echániz (PP).

Vicepresidenta Primera
 
    
        María Cristina Cifuentes Cuencas (PP).

Vicepresidente Segundo

        Juan Antonio Gallardo Barranco (PSOE)

Vicepresidente Tercero
 
        
        Antero Ruiz López (IU-LV).

Secretario Primero
        
        
Jacobo Ramón Beltrán Pedreira (PP).

Secretario Segundo
 

        Enrique Normand de la Sotilla (UPyD).

Secretario Tercero

        Carlos González Pereira (PP)

Secretario General
 

        Fabio Pascua Mateo.

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